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Direcciones y Teléfonos de los Juzgados en la Comunidad de Madrid - Excepto Madrid Capital
Alcalá de Henares
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia nº 1
91 883 94 09
C/ Colegios, 4-6
28800
Juzgado de Primera Instancia nº 2
91 883 94 19
C/ Colegios, 4-6
28800
Juzgado de Primera Instancia nº 3
91 883 94 24
C/ Colegios, 4-6
28800
Juzgado de Primera Instancia nº 4
91 883 94 29
C/ Colegios, 4-6
28800
Juzgado de Primera Instancia nº 5
91 887 17 37
Paseo de los Curas, 27
28800
Juzgado de Instrucción nº 1
91 883 94 04
C/ Colegios, 4-6
28800
Juzgado de Instrucción nº 2
91 883 94 14
C/ Colegios, 4-6
28800
Juzgado de Instrucción nº 3
91 879 66 01
C/ Carmen Descalzo, 18
28800
Juzgado de Instrucción nº 4
91 887 17 39
Paseo de los Curas, 27
28800
Juzgado de Instrucción nº 5
91 887 00 87
Paseo de los Curas, 27
28800
Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1
91 883 94 39
C/ Colegios, 4-6
28800
Juzgado de lo Penal nº 1
91 882 47 16
C/ Colegios, 4-6
28800
Juzgado de lo Penal nº 2
91 882 49 99
C/ Colegios, 4-6
28800
Juzgado de lo Penal nº 3
91 882 49 98
C/ Colegios, 4-6
28800
Juzgado de lo Penal nº 4
91 882 05 12
Paseo de los Curas, 27
28800
Alcobendas
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia nº 1
91 653 92 90
C/ Joaquín Rodrigo, 3
28100
Juzgado de Primera Instancia nº 2
91 653 96 90
C/ Joaquín Rodrigo, 3
28100
Juzgado de Primera Instancia nº 3
91 653 97 32
C/ Joaquín Rodrigo, 3
28100
Juzgado de Primera Instancia nº 4
91 653 93 43
C/ Joaquín Rodrigo, 3
28100
Juzgado de Primera Instancia nº 5
91 653 97 21
C/ Joaquín Rodrigo, 3
28100
Juzgado de Instrucción nº 1
91 653 99 43
C/ Joaquín Rodrigo, 3
28100
Juzgado de Instrucción nº 2
91 653 93 32
C/ Joaquín Rodrigo, 3
28100
Juzgado de Instrucción nº 3
91 625 85 73
C/ Joaquín Rodrigo, 3
28100
Juzgado de Instrucción nº 4
91 625 85 13
C/ Joaquín Rodrigo, 3
28100
Alcorcón
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 612 94 61
C/ Carballino s/n. Esq. c/ Timanfaya
28920
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 612 93 61
C/ Carballino s/n. Esq. c/ Timanfaya
28920
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 612 96 11
C/ Carballino s/n. Esq. c/ Timanfaya
28920
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 612 01 61
C/ Carballino s/n. Esq. c/ Timanfaya
28920
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 612 02 12
C/ Carballino s/n. Esq. c/ Timanfaya
28920
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 774 15 20
C/ Carballino s/n. Esq. c/ Timanfaya
28920
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 7
91 774 15 33
C/ Carballino s/n. Esq. c/ Timanfaya
28920
Aranjuez
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 891 01 67
Patio de los Caballeros, s/n
28300
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 892 05 40
Patio de los Caballeros, s/n
28300
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 891 01 14
Patio de los Caballeros, s/n
28300
Arganda del Rey
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 871 07 19
C/ Camino del Molino, 3
28500
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 875 74 49
C/ Camino del Molino, 3
28500
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 871 05 12
C/ Camino del Molino, 3
28500
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 871 11 26
C/ Camino del Molino, 3
28500
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 875 81 07
C/ Camino del Molino, 3
28500
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 871 85 94
C/ Camino del Molino, 3
28500
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 7
91 875 01 43
C/ Camino del Molino, 3
28500
Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1
91 875 01 20
C/ Camino del Molino, 3
28500
Collado Villalba
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 850 90 10
C/ Virgen de la Cabeza, s/n
28400
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 851 35 58
C/ Virgen de la Cabeza, s/n
28400
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 856 18 30
C/ Los Madroños, 1
28400
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 856 18 40
C/ Los Madroños, 1
28400
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 856 18 50
C/ Los Madroños, 1
28400
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 856 18 60
C/ Los Madroños, 1
28400
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 7
91 856 18 11
C/ Los Madroños, 1
28400
Colmenar Viejo
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1
91 847 44 46
C/ Padre Claret, 13
28770
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 847 44 31
C/ Padre Claret, 13
28770
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 847 44 16
C/ Padre Claret, 13
28770
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 847 44 01
C/ Padre Claret, 13
28770
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 847 44 79
C/ Padre Claret, 13
28770
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 847 44 92
C/ Padre Claret, 13
28770
Coslada
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 669 55 80
C/ Colombia, 29
28820
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 669 57 48
C/ Colombia, 29
28820
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 669 59 46
C/ Colombia, 29
28820
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 669 58 24
C/ Colombia, 29
28820
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 673 85 56
C/ Colombia, 29
28820
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 625 85 38
C/ Colombia, 29
28820
Fuenlabrada
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia nº 1
91 558 00 30
C/ Rumanía, 2
28940
Juzgado de Primera Instancia nº 2
91 558 00 31
C/ Rumanía, 2
28940
Juzgado de Primera Instancia nº 3
91 558 00 34
C/ Rumanía, 2
28940
Juzgado de Primera Instancia nº 4
91 558 00 35
C/ Rumanía, 2
28940
Juzgado de Primera Instancia nº 5
91 558 00 37
C/ Rumanía, 2
28940
Juzgado de Instrucción nº 1
91 558 00 32
C/ Rumanía, 2
28940
Juzgado de Instrucción nº 2
91 558 00 33
C/ Rumanía, 2
28940
Juzgado de Instrucción nº 3
91 558 00 36
C/ Rumanía, 2
28940
Juzgado de Instrucción nº 4
91 558 00 39
C/ Rumanía, 2
28940
Juzgado de Instrucción nº 5
91 558 03 92
C/ Rumanía, 2
28940
Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1
91 558 01 94
C/ Rumanía, 2
28940
Getafe
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 649 94 46
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 649 94 68
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 649 94 52
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 649 94 47
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 649 94 40
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 649 94 62
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 7
91 649 95 22
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1
91 649 95 11
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de lo Penal nº 1
91 649 94 51
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de lo Penal nº 2
91 649 94 39
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de lo Penal nº 3
91 649 94 20
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Juzgado de lo Penal nº 4
91 649 94 73
Avda. Juan Carlos I, s/n
28900
Leganés
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 330 75 42
Pza. Comunidad de Madrid, 5
28910
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 330 75 38
Pza. Comunidad de Madrid, 5
28910
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 330 75 62
Pza. Comunidad de Madrid, 5
28910
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 330 75 55
Pza. Comunidad de Madrid, 5
28910
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 330 75 75
Pza. Comunidad de Madrid, 5
28910
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 330 75 69
Pza. Comunidad de Madrid, 5
28910
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 7
91 330 75 86
Pza. Comunidad de Madrid, 5
28910
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 8
91 330 76 38
Pza. Comunidad de Madrid, 5
28910
Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1
91 330 76 62
Pza. Comunidad de Madrid, 5
28910
Majadahonda
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 422 94 02
Avda. Los Claveles, 12
28220
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 422 94 05
Avda. Los Claveles, 12
28220
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 422 94 22
Avda. Los Claveles, 12
28220
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 422 94 10
Avda. Los Claveles, 12
28220
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 422 94 13
Avda. Los Claveles, 12
28220
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 679 59 84
C/ Joaquín Turina, s/n
28220
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 7
91 602 82 50
C/ Joaquín Turina, s/n
28220
Móstoles
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia nº 1
91 664 72 42
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de Primera Instancia nº 2
91 664 72 32
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de Primera Instancia nº 3
91 664 73 05
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de Primera Instancia nº 4
91 664 73 08
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de Primera Instancia nº 5
91 664 72 28
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de Primera Instancia nº 6
91 664 72 38
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de Instrucción nº 1
91 664 72 16
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de Instrucción nº 2
91 664 72 22
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de Instrucción nº 3
91 664 72 46
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de Instrucción nº 4
91 664 72 54
C/ Luis Jiménez de Asua, s/n
28930
Juzgado de Instrucción nº 5
91 664 73 24
C/ Luis Jiménez de Asua, s/n
28930
Juzgado de lo Social nº 1
91 276 05 10
C/ San Antonio, 4-6
28930
Juzgado de lo Social nº 2
91 276 05 15
C/ San Antonio, 4-6
28930
Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1
91 664 73 30
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de lo Penal nº 1
91 664 72 78
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de lo Penal nº 2
91 664 72 82
C/ Luis Jiménez de Asúa, s/n
28930
Juzgado de lo Penal nº 3
91 664 72 62
C/ Luis Jiménez de Asua, s/n
28930
Juzgado de lo Penal nº 4
91 664 73 15
C/ Luis Jiménez de Asua, s/n
28930
Juzgado de lo Penal nº 5
91 664 73 74
C/ Luis Jiménez de Asua, s/n
28930
Navalcarnero
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 811 00 71
Escorial, 13
28600
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 811 01 52
Escorial, 13
28600
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 811 41 27
Ronda de San Juan, 4
28600
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 811 32 38
Ronda de San Juan, 4
28600
Parla
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 621 80 41
Avda. Juan Carlos I, 17
28980
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 621 80 43
Avda. Juan Carlos I, 17
28980
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 621 80 57
Avda. Juan Carlos I, 17
28980
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 621 80 64
Avda. Juan Carlos I, 17
28980
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 621 80 73
Avda. Juan Carlos I, 17
28980
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 621 81 11
Avda. Juan Carlos I, 17
28980
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 7
91 621 80 22
Avda. Juan Carlos I, 17
28980
Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1
91 621 81 29
Avda. Juan Carlos I, 17
28980
Pozuelo de Alarcón
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 351 93 94
Vía de las dos Castillas, 33 - Ática 3
28223
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 351 93 92
Vía de las dos Castillas, 33 - Ática 3
28223
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 799 45 96
Vía de las dos Castillas, 33 - Ática 7
28223
San Lorenzo de El Escorial
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 890 27 61
Pza. de la Constitución, s/n
28200
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 890 52 97
Pza. de la Constitución, s/n
28200
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 896 95 20
C/ Velázquez, 15
28200
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 890 68 64
C/ Velázquez, 15
28200
Torrejón de Ardoz
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 675 01 09
Avda. de las Fronteras, s/n
28850
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 675 10 64
Avda. de las Fronteras, s/n
28850
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 677 33 27
Avda. de las Fronteras, s/n
28850
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 675 19 14
Avda. de las Fronteras, s/n
28850
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 678 27 21
C/ Telémaco. Esq. Dionisios
28850
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 678 17 47
C/ Telémaco. Esq. Dionisios
28850
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 7
91 677 12 80
Avda. de las Fronteras, s/n
28850
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 8
91 656 50 58
C/ Jabonería, 24
28850
Torrelaguna
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción Único
91 843 07 50
C/ Malacuera, 43
28180
Valdemoro
Juzgado
Teléfono
Dirección
CP
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 1
91 895 50 50
C/ Estrella de Elola, 11
28340
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 2
91 801 84 12
C/ Estrella de Elola, 11
28340
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 3
91 801 84 13
C/ Estrella de Elola, 11
28340
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 4
91 835 19 04
C/ Guatemala, 4
28340
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 5
91 835 19 09
C/ Guatemala, 4
28340
Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº 6
91 835 19 14
C/ Guatemala, 4
28340
Distritos y Barrios de Madrid
Fuencarral - El Pardo
Fuencarral-El Pardo es, con diferencia, y una superficie de 24.345,20 hectáreas el distrito más grande de Madrid, gracias sobre todo, a los fabulos espacios naturales del Monte del Pardo y el Soto de Viñuelas. Sus 210.583 habitantes se distribuyen en los barrios de: El Pardo, Fuentelarreina, Peñagrande, El Pilar, La Paz, Valverde, Mirasierra y El Goloso.
Moncloa - Aravaca
La Casa de Campo, el Palacio de la Moncloa, la concurrida calle Princesa o el antiguo pueblo de Aravaca anexionado a la capital en 1.949, forman entre otros, un singular y a la vez armónico distrito, donde espacios naturales conviven con el bullicio de la gran urbe. Cuenta con 116.531 habitantes y una extensión de 4.492,75 hectáreas distribuidas en los barrios de: Casa de Campo, Argüelles, Ciudad Universitaria, Valdezarza, Valdematín, El Plantío y Aravaca
Tetuán
La glorieta de Cuatro Caminos sirve de auténtico corazón de este populoso barrio, donde el contraste entre las, en muchos casos, ruinosas y pequeñas casas antiguas de la zona de Bravo Murillo, contrasta con los hasta 2.006, más altos y modernos rascacielos de Madrid. Dispone el distrito de Tetuán de una población de 149.200 habitantes y una extensión de 537,31 hectáreas, distribuida en los barrios de: Bellas Vistas, Cuatro Caminos, Castillejos, Almenara, Valdeacederas y Berruguete.
Hortaleza
Desde 1.949 los municipios de Canillas y Hortaleza forman parte de la capital de España. Hoy en día, el distrito de Hortaleza ocupa una extensión de 2.800,60 hectáreas y cuenta con una población de 151.746 habitantes distribuida en los barrios de: Palomas, Piovera, Canillas, Pinar del Rey, Apóstol Santiago y Valdefuentes.
Chamartín
Anexionado en 1.947 el municipio de Chamartín de la Rosa, cuenta en la actualidad con una población de 142.626 habitantes repartidos en una extensión de 919,57 hectáreas. En la actualidad se trata de un gran centro de negocios en el eje este de la Castellana y es conocido por su estación ferroviaria y el estadio Santiago Bernabeu. Se divide en los barrios de: El Viso, Prosperidad, Ciudad Jardín, Hispanoamérica, Nueva España y Castilla.
Ciudad Lineal
Este distrito, en su tiempo límite de la villa, fue diseño y obra de don Arturo Soria a partir de 1.892, constituyendo una prolongación hacia los entonces municipios de Chamartín de la Rosa, Canillas y Hortaleza. Internacionalmente conocido por su monumental plaza de toros, cuenta con una elevada densidad de 205 habitantes por hectárea, ascendiendo a 232.846 el total del distrito para 1.136,36 hectáreas distribuidas en los barrios de: Ventas, Pueblo Nuevo, Quintana, Concepción, San Pascual, San Juan Bautista, Colina, Atalaya y Costillares.
Chamberí
Este distrito de nombre de origen francés, de gran vida comercial y social, y estación fantasma de metro, es el más pequeño de los distritos de Madrid, disponiendo, sin embargo, de una densidad de población de 322 habitantes por hectárea, gracias a su población de 151.230 habitantes repartidos en los barrios de: Gaztambide, Arapiles, Trafalgar, Almagro, Ríos Rosas y Vallehermoso.
Barrio de Salamanca
Si existe un distrito en Madrid, selecto y elegante, éste es el de Salamanca. Diseñado a medida, no existe empresa del lujo que no se encuentre representada en sus comerciales avenidas. 149.264 habitantes se distribuyen por las 540,93 hectáreas de territorio. Seis son los barrios del de Salamanca: Recoletos, Goya, Fuente del Berro, Guindalera, Lista y Castellana.
San Blas
Además del municipio de Canillejas, anexionado a la ciudad de Madrid en 1.949, el distrito de San Blas está formado por recortes de los que en su día fueron los municipios de Barajas, Canillas y Vicálvaro. Este distrito residencial, y cada día un poco menos industrial, cuenta con una población de 143.405 habitantes repartidos en 2.181,21 hectáreas repartidas en ocho barrios: Simancas, Hellín, Amposta, Arcos, Rosas, Rejas, Canillejas y Salvador.
Barajas
El aeropuerto de Madrid-Barajas es, sin duda, el elemento más conocido y representativo de este distrito. Este antiguo pueblo, anexionado a Madrid en 1.949, es distrito independiente de Hortaleza desde 1.987. Se trata del distrito menos poblado con 40.303 habitantes en una extensión de 4.266,59 hectáreas. Sus barrios son: la Alameda de Osuna, Aeropuerto, Casco Histórico de Barajas, Timón y Corralejos.
Centro
Corazón de Madrid y kilómetro cero, el distrito centro guarda los más bellos y antiguos monumentos de la ciudad, las más comerciales de las calles, así como los más importantes órganos del poder municipal, regional y nacional. Son unas escasas 523,73 hectáreas la extensión por la que se reparten sus 146.443 moradores. Seis barrios componen el más céntrico de los barrios: Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol.
Retiro
El que en su tiempo fuera lugar de esparcimiento real y, hoy en día, parte de la milla de oro madrileña, resulta, además de uno de los distritos con más historia, uno de los lugares de enriquecimiento cultural más excepcionales, gracias a la quizás, mejor pinacoteca del mundo: El museo del Prado, y uno de los más antiguos y completos Jardines Botánicos. Son 126.058 los vecinos de la Cibeles y Neptuno, repartidos por los barrios de: Pacífico, Adelfas, Ibiza, Estrella, Niño Jesús y Jerónimos.
Arganzuela
La Puerta de Toledo, límite de la ciudad amurallada, marca, sin embargo, el comienzo de este distrito de 146.833 almas, cuya frontera sur se encuentra delimitada por el que en su día fuera llamado aprendiz de río. Los planes de ensanche de la capital desde tiempos de Carlos III hasta el contemporáneo Pasillo Verde, han definido su morfología. Mataderos, puentes y puertas completan el atractivo de este distrito. Se divide en los barrios de: Acacias, Chopera, Imperial, Delicias, Legazpi, Moguer y Atocha.
Moratalaz
Encajonado entre la M-30 y la M-40, a su vez, valiosas vías de comunicación, este barrio residencial es distrito independiente desde su segregación del de Vicálvaro-Moratalaz. Al norte, el parque de la Cuña Verde de O'Donnell, paralelo a la vía del mismo nombre, aparece como auténtico pulmón del distrito de 106.858 habitantes dividido en los barrios de: Marroquina, Horcajo, Pavones, Media Laguna, Vinateros y Fontarrón.
Villaverde
Distrito de Madrid desde 1.954, Villaverde fue en el siglo XIX un pequeño municipio, eminentemente agrícola cerealista. Con el siglo XX la industria, con grandes y pequeñas factorías, fue ganando terreno y su población creciendo exponencialmente convirtiéndose paulatínamente en un barrio más residencial. Sus 143.388 habitantes se dividen en los barrios de: San Cristóbal, Butarque, San Andrés, Los Ángeles y Los Rosales.
Usera
Bañado al norte por el río Manzanares, el distrito de Usera está asentado en lo que su tiempo fueron terrenos de Villaverde y, retales de los de Madrid y Carabanchel Bajo. La calle Marcelo Usera marca su zona más comercial, mientras que el parque de Pradolongo, es el gran espacio verde. Usera y sus 132.145 habitantes están divididos en barrios de gran personalidad: Orcasitas, San Fermín, Orcasur, Almendrales, Moscardó, Zofio y Pradolongo.
Latina
A lo largo del paseo de Extremadura, desde el mismo río Manzanares, hasta más allá del aeródromo de Cuatro Vientos, alcanzando el municipio de Alcorcón; puentes, parques, cuarteles y casas con sabor añejo y otras de cimiento nuevo, conforman la silueta del más populoso de los distritos de la villa, con 257.431 almas y siete barrios: Aluche, Los Cármenes, Las Águilas, Puerta del Ángel, Lucero, Cuatro Vientos y Campamento.
Carabanchel
De Carabanchel se conoce desde tiempos prehistóricos, su pronto poblamiento. Fueron dos los municipios, Carabanchel de Abajo y Carabanchel de Arriba, los que en 1.948 pasaron a formar parte de villa de Madrid dando origen a un nuevo barrio. Del Manzanares a Leganés, por estas fértiles tierras labradas por San Isidro y retratadas por Goya, se asientan sus 239.782 moradores distribuidos por los barrios de: Vista Alegre, Puerta Bonita, Abrantes, Opañel, Buenavista, San Isidro y Comillas.
Vicálvaro
Vicálvaro, distrito de Madrid desde 1.951 y vecino en su extremo este de los municipios de Coslada, San Fernando y Rivas-Vaciamadrid fue industrializándose a lo largo del siglo XX, asentándose en sus terrenos, sobre todo, fábricas de materiales de construcción. Este antiguo municipio, hoy en día de corazón universitario, nuevos barrios y Parque de la Naturaleza, cuenta con una población de 63.881 habitantes, distribuidos en los barrios de: Casco histórico de Vicálvaro y Ambroz.
Puente de Vallecas
Segregado como distrito, del de Villa de Vallecas, este enclave sur, patria del Rayo y de la San Silvestre, presume con orgullo de su origen obrero. Con metro desde 1.924 y atravesado por carreteras y raíles, este distrito, eminentemente residencial y comercial se encuentra habitado por 241.661 personas y dividido en los barrios de: Numancia, Portazgo, Palomeras Bajas, Palomeras Sureste, Entrevías y San Diego.
Villa de Vallecas
Este antiguo municipio anexionado a la capital de España en 1.950 y terrenos prestados a su homónimo del Puente, cuenta todavía, hoy en día, con cierto aire de aquel pueblo de iglesia parroquial y, olivos, cereales y viñedos. Son 65.842 los habitantes de este distrito que aún conserva la denominación de villa y dos sus barrios: Casco histórico de Vallecas y Santa Eugenia.
Superficie y población de los Distritos de Madrid:
Fuencarral-El Pardo:
Habitantes: 210.583
Superficie: 24.345,20 hectáreas
Centro:
Habitantes: 146.443
Superficie: 523,73 hectáreas
Retiro:
Habitantes: 126.477
Superficie: 537,83 hectáreas
Barrio de Salamanca:
Habitantes: 149.264
Superficie: 540,93 hectáreas
Arganzuela:
Habitantes: 143.867
Superficie: 655,21 hectáreas
Chamartín:
Habitantes: 142.626
Superficie: 919,57 hectáreas
Tetuán:
Habitantes: 149.200
Superficie: 537,31 hectáreas
Chamberí:
Habitantes: 151.230
Superficie: 469,22 hectáreas
Moncloa-Aravaca:
Habitantes: 116.531
Superficie: 4.492,75 hectáreas
Latina:
Habitantes: 258.667
Superficie: 2.542,97 hectáreas
Carabanchel:
Habitantes: 233.602
Superficie: 1.409,30 hectáreas
Usera:
Habitantes: 124.665
Superficie: 770,28 hectáreas
Puente Vallecas:
Habitantes: 237.899
Superficie: 1.489,14 hectáreas
Moratalaz:
Habitantes: 108.248
Superficie: 634,42 hectáreas
Ciudad Lineal:
Habitantes: 232.846
Superficie: 1.136,36 hectáreas
Hortaleza:
Habitantes: 151.746
Superficie: 2.800,60 hectáreas
Villaverde:
Habitantes: 135.540
Superficie: 2.028,65 hectáreas
Villa de Vallecas:
Habitantes: 64.177
Superficie: 5.155,92 hectáreas
Vicálvaro:
Habitantes: 57.573
Superficie: 3.271,50 hectáreas
Barajas:
Habitantes: 40.303
Superficie: 4.266,59 hectáreas
San Blas:
Habitantes: 143.405
Superficie: 2.181,21 hectáreas
Comunidad - Enlaces con la Páginas Web de los Ayuntamientos de los Municipios de Madrid
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Hola me gustaria saber si es posible denunciar violencia en el ambito familiar si esta se sufre de padres a hijos siendo estos adultos, y si el maltrato verbal es denunciable en este caso y que pruebas tendria que aportar para demostrar que este se produce
Respuesta:
Buenas Noches, por supuesto que se pueden denunciar los hechos. Yo recomiendo antes de dar el paso, excepto si la situación es peligrosa, que se busquen otras soluciones, pues las consecuencias de una denuncia en muchas ocasiones rompen el núcleo familiar, al poder ser acordadas por el Juzgado prohibiciones de aproximación y comunicación, lo que supondría la salida del denunciado del domicilio.
Una opción es acudir a los asistentes sociales para intentar una mediación.
Las pruebas pueden ser de todo tipo, testigos, grabaciones etc. y, por supuesto tu testimonio,
Un inquilino me debia dinero y consegui que firmara un reconocimiento de deuda y dejara el local. El reconocimiento ponia que si la sociedad no pagaba en un año el administrador seria responsable solidario. > Puede meterlo como monitorio o tengo que ir a un verbal? > GRACIAS
Respuesta:
Buenas Noches: Indicarte que podrías iniciar un monitoro (dicho sea con las cautelas precisas pues no he leído el documento firmado), que como supongo que sabes no precisa inicialmente hacerlo con abogado ni procurador.
Para ejecutar la decisión judicial deberías contar con estos profesionales.
Tenemos colgado un modelo de petición de monitorio por impago de rentas que te podría ser de utilidad, para acceder pulsa aquí.
Consulta: Denegación de prórroga de tarjeta.
me denegaron la targeta permanente de larga duracion, por motivos de un accidente de trafico en el, quiero saber si puedo seguir , 2007 me jusgaron y no me reteraron el carnet ni prision ahora en el 2008 me jusgan en el juzgado de lo penal para quitarme elcarnet por año seis mesesy en abril de 2010 me retiran el carnet quiero saber si puedo seguir algun tramite gracias
Respuesta:
Buenas Noches: deberías recurrir la denegación de la tarjeta permante, pues aún teniendo un juicio pendiente se puede conceder, dependerá en gran medida de tus circunstancias personales y familiares. Hay Juzgados que estiman estas pretensiones e incluso como medida cautelar permiten segui trabajando.
DESAHUCIO INQUILINOS > > Buenas tardes, > Me pongo en contacto con ustedes porque he enviado toda la documentación a la Corte de Arbitraje, ejecutando una garantía de Alquiler para desahuciar a mis inquilinos por falta de pago de renta y recibo de luz, de momento, me gustaría conocer otras opiniones y saber qué debo hacer en caso de rechazo de laudo en La Corte. Renta de 650€, deben, a 18/05/2010 980€, Ivima tiene 650€ en concepto de fianza, el contrato empezó el 1/0../2010, es decir, no me pagan casi desde el principio, entregaron 1000€ y hasta ahora, cuando la cantidad tenía que ser 1330€, deben los 330€ más el mes de Mayo y un recibo de luz.
Respuesta:
Buenas Noches Cristina: En principio deberás la resolución del procedimiento arbitral y tras ello intentar la ejecución del laudo. El problema se te puede plantear en la Ejecución, pues son muchos los Juzgados que se niegan a ejecutar laudos de equidar, por considerar que no respetan los derechos del inquilino. Si te ocurriera esto no tendrás más remedio que acudir a un juicio de desahucio.
Mi consejo es que no se firmen sometimientos a arbitrajes en procesos de desahucio, en otras materias si son muy útiles, pero en desahucios son demasiados los riesgo. Actualmente la norma que aplican los Juzgados ha agilizado bastante el proceso de desahucio.
Nombre o Apodo: agustin > Email: agustinnavarrocases.35@hotmail.es > Teléfono (Opcional): > Consulta Legal: quisiera saber si han pillado a mi hijo(anteriormente fichado)por robo en un domicilio y el denunciante retira la denuncia en el juzgado.¿la fiscalia de menore actuaria de oficio? ¿que pasaria? > Provincia: Alicante
Respuesta:
La Fiscalía tiene la obligación de actuar de oficio desde el momento que tiene noticia de la comisión de un delito por un menor, independiente de que sea retirada la denuncia, pues es un delito público.
Supongo que si el denunciante retira su denuncia es porque habréis alcanzado con el un acuerdo, si es así, una solución sería que tu hijo pidiese en el momento de comparecer ante el Fiscal de Menores (siempre y cuando existan pruebas del hecho) una conciliación con el perjudicado y con ello intentar que el asunto no llegue a juicio.
Respecto a lo que le puede pasar a tu hijo, dependerá de lo que pueda interesar el Equipo técnico, que propone la medida que estima más adecuada atendido el interés del menor.
Consulta: Incremento de la Renta
Hola, tengo una pregunta, con este casero ya he estado 5 años con un contrato, ahora tengo otro donde es un contrato de 2 años prorrogable a 3, y pago 210 euros, pero el dice que ahora como cumple me a aumenta 50 euros, > Según la Ley de arrendamientos urbanos > Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos el articulo 18 punto 3 dice > 3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañaando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al "Boletín Oficial" en que se haya publicado > Mi pregunta puede aumentar tanto? > Si le exijo la certificación del Instituto Nacional de Estadística que es 1.4 creo seria 212,94 euros no los 260 que quiere, puede decir que me valla de la casa? > Que puedo hacer, muchas gracias > Provincia: Cádiz
Respuesta:
Buenas Noches: Finalizada la prórroga de tres años, si el propietario te comunica con un mes de antelación al término su decisión de darlo por finalizado ya no dispondrás de derecho a continuar en la casa. El dueño, si no aceptas, seguramente no porrogará el contrato.
Si hay ese aumento de renta y finalmente no te que más remedio que aceptarlo, haz otro contrato como si fuera inicial, así al menos podrás tener la casa por otros 5 años más, cosa que se puede hacer al cambiarse una de las condiones básicas del mismo como es el precio del arriendo.
Si no te requiriera fechacientemente con un mes de antelación a la finalización del tercer año, se prorrogaría por otro más y únicamente actualizando la renta por IPC.
Consulta: Pago de multa juicio de faltas
BUENOS DíAS MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE : > HE SIDO SANCIONADO POR UN JUICIO DE FALTAS A 6E POR D�A DURANTE UN MES Y A PAGAR A LA OTRA PARTE 75E ¿PODRIA SOLICITAR LA SUSTITUCION DE LA PENA DE 6E POR DíA POR LA DE BENEFICIOS A LA COMUNIDAD O ARRESTO DOMICILIARIO? Y SI ES ASI �COMO LO PODRÍA SOLICITAR? > GRACIAS. > Provincia: Valencia
Respuesta:
Sí puedes pedirlo, ya sea mediante escrito o por comparecencia personal en el Juzgado, apoyándote en lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal, que dice:
1. Si el condenado no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que, tratándose de faltas, podrá cumplirse mediante localización permanente. En este caso, no regirá la limitación que en su duración establece el artículo 37.1 de este Código.
También podrá el juez o tribunal, previa conformidad del penado, acordar que la responsabilidad subsidiaria se cumpla mediante trabajos en beneficio de la comunidad. En este caso, cada día de privación de libertad equivaldrá a una jornada de trabajo.
Para ello no deberías tener forma de afrontar la multa, pues ante podrían buscar ingresos con los que hacer frente al pago de la multa y si existieran embargárte el importe correspondiente.
Consulta: Requisitos para proceder frente a Denuncia Falsa
LES AGRADECERÍA QUE ME ASESORARAN SOBRE UNA DENUNCIA QUE HE RECIBIDO, EN CASLIDAD DE DENUNCIADO EN LA QUE LOS HECHOS NO SON VERDADEROS,Y COMO TAL, QUIERO DENUNCIARLO PARA QUE COMO PERJUDICADO LA LEY ACTÚE ANTE ESTOS HECHOS > QUE PASOS TENGO QUE SEGUIR PARA MI DEFENSA, PUESTO QUE ES JUICIO ES EL PROXIMO DIA 26 DE MAYO, Y, NO ES PRECEPTIVO ABOGADO .GRACIAS
Respuesta:
Buenas Noches, para poder actuar por esa denuncia falsa en requisito que seas absuelto, si es así pon la correspondiente denuncia.
Consulta: Pago de Recibos con Impago del Alquiler
tengo una vivienda en alquiler en Salamanca que han dejado de pagarme el alquiler, estoy pensando en iniciar un demanda de desahucio por impago e incumplimiento de contrato. Hasta ahora los recibos de luz y gas estaban domiciliados en mi cuenta y luego ellos me los pagaban. Puedo dejar de atender esos recibos y que se hagan cargo los inquilinos de ellos sin perjudicarme en la demanda de desahucio o incurrir en incuplimiento de contrato?? en el contrato se especifica que estos recibos son por cuenta de los inquilinos. Gracias por anticipado y un saludo
Respuesta:
Buenas Noches Ana: No te recomiendo que dejes de pagar los recibos, excepto en el caso de que te fuera materiamente imposible. Podrían denunciarte por coacciones.
Nosotros somos especilistas en procesos de desahucio, si precisas más información pulsa aquí.
Consulta: Jucio de Faltas - Costas
Buenos días, quisiera saber si yo soy denunciante, tengo que pagar a mitad los costes del juicio de faltas?? Tengo parte de lesiones e informe psicologico, la parte denunciada no tiene ningún documento. Yo le dí un pequeño empujón en defensa propia y la persona me cogió del cuello, me pilló la pierna con una puerta y me hizo polvo psicologicamente. Tengo alguna posibilidad de ganar el juicio??? Solo con este testimonio?? Espero vuestra ayuda, un saludo.
Respuesta:
Buenas Noches: Excepto en supuestos excepcionales (accidentes de circulación) las costas de un juicio de faltas no suponen coste alguno por no ser necesaria la asistencia ni de abogado ni procurador.
Respecto a las posibilidades de ganar tu asunto poco puedo decirte sin haber estudiado las actuaciones.
Hola, soy una vecina morosa (me faltan por pagar varias facturas). En la última reunión el presidente de la comunidad me dijo que no podia votar porque era morosa, yo le dije que hasta que no me hiciera un proceso monitorio podia seguir votando, y todos los vecinos al igual que el presidente no me hicieron caso, decian que no hacia falta. > Si tuviera razón, ¿qué acciones legales puedo tomar contra la comunidad?
Respuesta:
Buenas Noches, tiene razón la Comunidad y al no estar al corriente de pago no puedes votar, así expresamente lo dispone en artículo 15 de la Ley de Propiedad Horizontal, que dispone:
"Los propietarios que en el momento de iniciarse la Junta no se encontrasen al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad y no hubiesen impugnado judicialmente las mismas o procedido a la consignación judicial o notarial de la suma adeudada, podrán participar en sus deliberaciones si bien no tendrán derecho de voto. El acta de la Junta reflejará los propietarios privados del derecho de voto, cuya persona y cuota de participación en la comunidad no será computada a efectos de alcanzar las mayorías exigidas en esta Ley."
Consulta: Solicitud de Abogado de Oficio
Consulta: tengo una deuda de unos 7.527,49 euros y no puedo pagarla tengo un tiempo estimado de 20dias para presentarme en el juzgado y no puedo pagar a un abogado > no niego pagar mi deuda ;pero tengo unos ingresos minimos por enfermedad > atentamente
Respuesta:
Buenas Noches: Si careces de ingresos suficientes puedes solicitar la asistencia de un abogado de oficio, para ello deberás acudir cuanto antes al Colegio de Abogados de tu ciudad a solicitarlo. Es necesario paralizar el procedimiento para que Abogado Gratuito que te designen cuente con el tiempo suficiente para preparar el asunto.
Añadirte que el Salario Mínimo Interprofesional es inembargable, por lo que si tus ingresos no superan dciho límite, si careces de más bienes no podrán cobrar la deuda por ahora y mientras no mejore tu situación.
Consulta: Desahucio Express
buenas tardes, tengo un piso llevan tres meses sin pagar y el contrato se les termino desde febrero,yo vivo en un piso de alquiler porque mi piso me venia pequeño pues tengo tres niños pero ahora no puedo pagar una hipoteca y un alquiler pues la hipoteca la pagaba con el alquiler de me piso, el chico que vivia se enfadó con la chica y se fue de la casa esta ella dentro y no se quiere ir me da larga de que se va a ir pero así llevo desde marzo que puedo hacer gracias.
Respuesta:
Buenas Noches: Deberás iniciar un proceso de desahucio. No dejes pasar más tiempo pues se incrementará la deuda y tardarás más tiempo en recuperar tu casa.
Nosotros ofertamos unas buenas condiciones de pago, para mayor información pulsa aquí.
Si precisas un presupuesto, pulsa aquí. Tramitamos desahucios en la península y contamos con abogados asociados en las Islas Canarias.
Buenas tardes, me gustaria saber si puedo iniciar una demanda de desahucio contra un inquilino de un local comercial que me adeuda nueve mensualidades, ascendiendo la cuantia a casi 5.000�, sin necesidad de recurrir a procuradores y abogados, personandome yo personalmente, �ante que juzgado me he de dirigir? y �como puedo requerir el pago de la deuda?. Muchas gracias. > Provincia: Ciudad Real
Respuesta:
Buenas Noches: Por supuesto que puedes interponer la demanda, pero necesariamente precisas abogado y procurador, no siendo posible que lo hagas personalmente. Indicarte que somos expertos en procesos de desahucio y que no cobramos nuestros honorarios hasta que recuperes tu local o el inquilino se ponga al corriente en el pago de todas las cantidades adeudadas.
Únicamente deberías adelantar una pequeña cantidad al Procurador.
El pago de la deuda lo puedes iniciar por tu cuenta mediante un proceso monitorio, en nuestra página tienes un modelo, pero no se puede utilizar si quieres también echarles del local.
puedo salir al extranejero en viaje de ida y vuelta a europa?? y fuera de europa?? tenendiendo pendiente de cumplir 4 dias de localizacion permanente. que despues de un juicio rapido me han puesto y aun no me han notificado. > > muchas gracias por todo
Respuesta:
Hola, si el periodo en el que estás fuera no coincide con los días que te marque para cumplir la pena de localización no hay problema. Será necesario que al menos una persona pueda recibir las notificaciones que te cursen desde el Juzgado para saber qué días te fijan y si coincidiera con tu estancia fuera de España lo pudiera en conocimiento del Juzgado.
Consulta: Secreto del Sumario - Prisión
Toda vez que en su página no aparecen reportados abogados colombianos, me dirijo a ustedes para plantearles el caso de mi hija, estudiante de la Universidad de Cartagena, becaria en la Universidad de Huelva desde noviembre de 2009, cuando se encontraba adelantando sus estudios de Maestría el día 4 de abril del año en curso ue citada a través de su celular a la Comisaría de Huelva para responder a unos interrogantes. Al presentarse a la Comisaría, fue detenida injustamente por supuesto atentado contra la salud pública, en medida de prevención, alegando como cargo la relación con el padre de sus hijos, colombiano, radicado en Canarias desde hace cinco años, quien también fue detenido en Canarias por supuestos vínculos con el narcotráfico. > > A mi hija no le fue asignado abogado de oficio, razón por la cual, por recomendación de las Directivas de la Universidad de Huelva, se contrató en Huelva un abogado de la Universidad, a quien no se le ha permitido a la fecha, acceder a su expediante por encontrarse el caso en reserva del sumario.El día 4 de mayo, cuando se esperaba el levantamiento de la reserva del sumario, sin informarle a su abogado, fue trasladada a la Penitenciaría de Las Palmas en El salto del Negro. > > Distinguidos señores, mi hija es la única detenida en el mundo que se le ha negado el derecho a la defensa, sin que su familia en Colombia, haya podido hacer nada por ella. Ustedes pueden brindarme la asesoría jurídica en Las Palmas, para demostrar su inocencia y garantizarle sus derechos como ser humano?
Respuesta:
Buenas Noches: Indicarte en primer lugar que entiendo perfectamente tu angustia, pero indicarte que en España se respeta escrupulosamente la asistencia letrada al detenido, si no se designó uno de oficio fue a que uno particular le asistió.
La ley procesal española, establece la posibilidad de decretar el secreto del sumario, secreto que puede ser prorrogado si el Juez instructor lo estima necesario para el buen curso del procedimiento. El secreto deberá ser alzado con la antelación suficiente para poder preparar una defensa con las debidas garnatías. A tu hija no se le ha negado el derecho a la defensa, pues ha estado asistida de abogado que además supongo que habrá recurrido el auto de prisión.
Ahora es preciso que se esté pendiente del procedimiento para comprobar cuando las actuaciones estén disponibles para todas las partes los indicios que pueden existir frente a tu hija y si éstos fuesen débiles interesar inmediatamente la libertad, sin perjuicio del curso que seguirá el recurso que doy por hecho ha sido interpuesto.
Si precisas un Abogado en Las Palmas, ponte en contacto con nosotros.
Consulta: Instalación de Antena. Comunidad de Propietarios
Soy presidente de mi comunidad y el propietario de un local del mismo bloque me dice que quiere tener antena de television como todos los vecinos. Que le puedo contestar
Respuesta:
Buenas Noches: La Comunidad ha de permitir la utilización de la antena existente, pues en la actualidad es algo básico y todos tenemos derecho a acceder a las telecomunicaciones, no se le puede impedir y menos teniendo la consideración de elemento común.
Concretamente el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal dispone:
2ª. La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas, comunes o privativos, de aprovechamiento de la energía solar, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.
La comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior, sobre aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo. No obstante, si con posterioridad solicitasen el acceso a los servicios de telecomunicaciones o a los suministros energéticos, y ello requiera aprovechar las nuevas infraestructuras o las adaptaciones realizadas en las preexistentes, podrá autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido, debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal.
Sin perjuicio de lo establecido anteriormente respecto a los gastos de conservación y mantenimiento, la nueva infraestructura instalada tendrá la consideración, a los efectos establecidos en esta Ley, de elemento común.
Consulta: Pago de la última renta de un alquiler
Tenemos una oficina arrendada hace 7 años y deseamos terminar el contrato de arrendamiento, es cierto que podemos dejar de pagar el ultimo canon de arrendamiento?
Respuesta:
Buenas Tardes: En principio no se puede hacer salvo que se alcance un acuerdo con el propietario del local. La fianza está reservada para responder de los desperfectos que pudiese presentar el inmueble y salvo pacto en contra en los arriendo como el tuyo, no podrá ser destinada al pago de la renta.
Consulta: Condena por Tráfico de Drogas - Indulto
Buenas! Mi consulta es si se le puede conceder el indulto a una persona que tiene una condena de 3 años por trafico de estuperfacientes con un agravante por venta a menores y que no tiene antecedentes o si se puede hacer algo mas despues de que se haya desestimado el recurso de apelacion a la sentencia. Y si no es mucho pedir me gustaria saber si que hay que hacer para que le concedan permisos o si hay alguna manera para que salga antes de lo previsto y cuando empieza el tercer grado. Por ultimo necesito un buen abogado penalista que se involucre a fondo con el caso. Gracias
Respuesta:
Hola: Puede ser concedido el Indulto, pero dependerá del tiempo pasado desde la comisión del delito y de las circunstancias personales y familiares del condenado.
La sentencia de Apelación puede ser recurrida en Amparo si ha habido vulneración de derechos fundamentales en el procedimiento, en el plazo de 30 días hábiles desde su notificación.
La situación es complicada pero hay alguna posibilidad aunque sea pequeña, si bien podremos darte nuestra fundada opinión si conocemos todas las circunstancias del caso.
Consulta: Derrama por Obras
somos 8 vecinos en edificio,vamos hacer obra la junta andalucia dice que da el 75xciento y nosotros ponemos el 25. ahora dice la junta que pongamos toel dinero entre los 8 vecinos que son 80000euros,y cuando finalize la obra nos devuelve el dinero.5 vecinos estan de acuerdo y 3 no.me puedo negar a no poner el dinero hasta k la junta no ponga su parte. y en caso k la junta lo pusiera cojemos cada vecino a 2500euros y la presidenta dice de poner 6000euros x vecino m puedo negar a poner mas de lo k exije la junta en caso de k tuviera k poner mi parte.nesecito saber con urgencia esas preguntas k acabo de hacer....gracias > Provincia: Granada
Respuesta:
Buenas Tardes: Me temo que deberás abonar la parte que te corresponde, pues las subvenciones se suelen dar a finalización de obra y con el precio pagado, por lo que los vecinos deberás sufragar los costes conforme a su cuota de participación en el inmueble.
Consulta: Accidente de Tráfico
ATROPELLARON A MI MADRE EN UN PASO DE PEATONES EL 15 DE FEBRERO,HAY ATESTADO, ESTUBO INGRESADA 3 DIAS EN EL HOSPITAL Y HASTA LA FECHA SIGUE EN TRATAMIENTO MEDICO, DAÑOS EN CERVICAL Y VERTIGOS Y REHABILITACION, EL PASADO DIA 3 LE HAN HECHO PRUEBAS EN EL OIDO Y DETECTARON ALGO ROTO, ESTA PENDIENTE DE COMPLEMENTAR CON MAS PRUEBAS MEDICAS. EL ABOGADO QUE HEMOS CONTRATADO DICE QUE NO ES NECESARIO PONER LA DENUNCIA. ME DEJA ALGUNAS DUDAS SOBRE TODO POR LOS GASTOS DE TRASLADO EN TAXI PARA LA REHABILITACION, ME COMENTA QUE LA COMPAÍIA PUEDE INCLUSOR CONSIDERAR QUE SE TIENE QUE TRASLADAR EN UN TRASPORTE PUBLICO. QUE DEBEMOS HACER?? Provincia: Pontevedra
Respuesta:
Buenas Tardes, mi consejo es que interpongas la denuncia, pues así conseguirás al menos que el Médico Forens reconozca a tu madres y evitarán incurrir en gastos de médicos particulares. Respecto a los gastos de transporte, si no está en condiciones para ir en el públic entiendo que no hay problema posteriormente en reclamar los de taxi, pero siempre acreditando el motivo del desembolso, es decir, que en la factura figure el trayecto y día, para poder probar que coincide con visitas médicas o sesiones de rehabilitación.
Consulta: Indulto
hola mire tengo un amigo que tuvo un problema con su mujer y ella le a puesto una denuncia de malos tratos el dia del juicio ella retiro todos las acusaciones pero la fiscal siguio con la acusacion pidio 10 meses de prision el abogado de oficio recurio la sentencia ahora le a llegado la sentencia firme y le an dado 9 meses de prision ya a ingresado voluntariamente a la prision de meco yo quisiera saber si se puede aser algo o por lo menos le reduscan la condena y se me olvidaba comentarle que el ya tenia un prosedimiento penal el cual no podia reincidir le pusieron el plaso de 4 años el cual se cumplia en el año 2011 > Provincia: Guadalajara
Respuesta:
Buenas Tardes: La solución habría pasado por interesar la sustitución de la pena por trabajos en beneficio de la comunidad, hay que solicitar antes de comenzar el cumplimiento, pues se puede conceder aunque se engan antecedentes penales. Ahora la única vía es el indulto, es complicado.
Consulta: Deuda derivada de un desahucio
buenos dias soy autonomo de un negocio pequeño del cual e tenido un desaucio de la nave por falta de pago la sociedad es una s.l mi pregunta es ,pueden proceder contra mi vivienda ,esta tiene un credito hipotecario, y cual es el procedimiento para solucionarlo le estaria muy agradecido pues la situacion de los autonomos en este pais y en este mometo es muy dificil muchas grarcias > Provincia: Madrid > Municipio: Alcorcon
Respuesta:
Buenas Tardes: En principio si ejerces la profesión a través de una SL se podrán dirigir frente al patrimonio de la empresa, salvo que se declarara judicialmente tu responsabilidad.
Si ejerces como persona física se pueden dirigir contra tu patrimonio inclusive frente a los bienes hipotecados, aunque tendrán problemas para la ejecución, si la carga que pesa sobre los mismo es alta.
Consulta: Cláusula Abusiva en Contrato de Alquiler
Alquile un estudio en barcelona, la señorita que se encarga del tema del alquiler (al dueño no lo conozco) firmo el contrato sobre el nombre del supuesto dueño del piso, creo que eso no es legal no? ademas en el contrato se me ha puesto una clausula que debo avisar con 30 dias de anticipacion que dejare el piso y que durante todo ese mes tendran derecho a entrar en mi piso a mostarlo, me encuentre o no en el mismo. Ademas me ha dicho esta señorita que aunque me encuentre durmiendo entrara y le mostrara la habitacion a quienes entren conmigo dentro durmiendo....eso no vulnera mis derechos a la intimidad? y otra de las clausulas que me han puesto es que si me niego a dejarla pasar con la gente, se quedaran con mi deposito y no tendre derecho a reclamo...como hago para defenderme ante lo que considero un abuso? son clausulas validas? a quien debo recurrir para tratar de resolver este tema y que no se lleve a cabo lo que me han cooocado en el contrato? Muchas gracias y espero me puedan contestar a la brevedad.un saludo
Respuesta:
Hola Andrea, respecto al plazo de preaviso es correcto, sin embargo obligarte a permitir la entrada sin previo aviso ni consentimiento no lo es por lo que te puedes negar inclusive impedirles la entrada. Comunícaselo por escrito, lo idóneo sería mediante un burofax, indicándoles que en el caso de actuar de dicha forma procederás al cambio de la cerradura.
Consulta: Cancelación de Antecedentes por Alcoholemia
Hola! > Resulta, que en septiembre de 2007 cometí el error de conducir bajo los efectos del alcohol y fui detenido por la policia. No se celebro ningun juicio ya que me conforme con la pena reducida que me propuso la jueza que fue de 8 meses sin carnet de conducir, una multa (creo que unos 700 euros) mas antecedentes. Lo que quiero saber es cuando puedo solicitar dicha cancelacion, dudo entre si so 2 años despues de ser condenado o 3. Se que tengo antecedentes por CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL O DROGAS 279'2 delito abstrapto.Si alquien me podria decir cuanto tiempo he de esperar o donde podria consultar este dato lo agradeceria muchisimo > Provincia: Álava > Municipio: vitoria
Respuesta:
Buenas Tardes, tienes un ejemplo de un caso como el tuyo en nuestra página, puedes acceder pulsando aquí.
Mi pareja esta divorciado y tiene un hijo de 10 años y le pasa una paga de 300 euros y 150 a ella.Él gana 975 euros y tiene un prestamo de 400 de cuando aun estaba casado para arreglar el piso donde vive ahora ella.Queria saber si esas pensiones se pueden bajar porque nuestra situacion economica es critica.Gracias
Respuesta:
Hola Paula: Si han variado a peor las circunstancias tomadas en consideración a la hora de fijar esas pensiones se puede interesar una modificación de las mismas. Hay que pedirlo al Juzgado mediante una demanda, siendo necesario contratar a un abogado y procurador. Si carece de medios puede solicitar uno de oficio.
Consulta: Accidente
tuve un accidente de coche,culpa fue mia,no hay heridos,solo daños materiales.tengo dos denuncias por falta de seguro y por falta de itv.que me puede pasar?
Respuesta:
Hola Magda, te impondrán las correspondientes multas y si has causado daños a bienes ajenos te podrían reclamar los costes de reparación o sustitución.
Un contrato de arrendamiento de vivienda, plazo un año.. esta prorrogado cinco años mas los tres años por ley: En estos momentos han pasado 13 años sin renovar contrato ni hacer ninguno nuevo. ¿ en que situacion me encuentro? si me quiere desahuciar el contrato se sigue entendiendo prorrogado anualmente..o por meses segun pago..cuando me pueden desahuciar por termino del contrato
Respuesta:
Buenas Tardes: Entiendo que la prórroga es anual y por tanto al menos se debería respetar ese plazo. Esta es mi opinión, si bien hay criterios discrepantes que entienden que se va prorrogando por plazos de tres años.
me retiraron el permiso de conducir un año y un día, con sanción pecunario, siendo la condena el 2009 y el cumplimiento de la retirada del permiso el 2010, cuando cumplen los antecedentes penales > Provincia: Salamanca
Respuesta:
Buenas Tardes para poder orientarte precisaríamos saber la fecha en la que quedaron cumplidas todas las penas impuestas y la extensión de las mismas. Puedes acceder a un ejemplo que te será de ayuda, pulsando aquí.
soy vigilante de seguridad armado tengo que renovar mi permiso de arma y tengo antecedentes penales por conducir con o.75 que posibilidades tengo de que me renueven el permiso de arma fue hace 12 meses
Respuesta:
Buenas Tardes: Me temo que no podrás renovar, pues tu antecedentes siguen vivos, ya que además de cumplir las penas han de transcurrir los plazos estaqblecidos en el artículo 136 del Código Penal.
Consulta: Derecho a la Justicia Gratuita - Abogado de Oficio
Hace 15 años que estoy separada y 2 divorciada, con 2 hijos. Mi exmarido se niega a liquidar gananciales. No puedo permitirme pagar abogados, ya que estoy en paro. Tengo la oportunidad de irme a EEUU donde tengo trabajo pero necesito liquidar los gananciales. El no quiere, con lo cual me quedaría sin poder irme y sin trabajo ¿tengo derecho a abogado de oficio para instar la liquidación? Gracias
Respuesta:
Hola Raquel, tendrás derecho a Abogado de Oficio si tus ingresos son inferiores al doble del IPREM. hay una página específica relativa a la justicia gratuita que tiene un simulador, si quieres acceder pulsa aquí, introduce los datos requeridos, te indicará si eres o no beneficiaria a la Justicia Gratuita.
Para acceder al formulario de solicitud, pulsa aquí.
Buenos dias, mi pregunta es si además de cumplir el tiempo de retirada del permiso, el pago de la multa y el cumplimiento de los servicios a la comunidad, hay que hacer obligatoriamente el "Curso de sensibilización y reeducación vial". Según la web de la DGT, tengo 14. > La retirada fue debida a conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,50 mg/l, y en la condena no existía mención alguna a este curso. Recibí una carta de la DGT pasados algunos meses informándome del asunto
Respuesta:
Hola Jesús, es obligatorio hacer ese curso de sensibilización. No hay problema alguno en hacerlo mientras se está cumpliendo la condena impuesta, pero siento decirte que hasta que no lo hagas no tendrás de nuevo el permiso.
Consulta: Prescripción de la Pena
ofui condenado el la mi consulta va sobre estuve preso pon un delito contra la salud publica me dieron la codicional para irme aun centro de reavilitacion y lo viole quiero saver cuando precrive esa fuga, me condenaron a 3año y 7 meses y 100mil euro de multa cai preso el 25julio2005 y fui condenado el16 mayo del 2006 me fui el26 de diciembre. cuando precrive o si c puede hacer algo .
Respuesta:
Buenas Tardes: Han de pasar 5 años desde el quebrantamiento de la condenada, así lo disponen los artículos 133 y 134 del Código Penal.
vivo en un primer piso en la ciudad de madrid, y tengo problemas con un bar que esta debajo de mi casa, y me tiene sometido a una contaminacion acustica desorbirtada a diario. he llamado a la policia para denunciar, y se han realizado mediciones que estan por encima de los niveles maximos permitidos. > �Que pasos debo realizar para llevar al bar a los tribunales,y conseguir solucionar este problema. > Gracias de antemano.-
Respuesta:
Buenas Tardes: En primer lugar te recomiendo que recopiles toda la información que puedas como copia de las denuncias, de las intervenciones de la policía, de los resultados de las mediciones, etc. Si además te está causando algún tipo de menoscabo psicológico sería conveniente que lo acreditase algún médico.
Con la información puedes poner denuncia para que conozca tu asunto un Juzgado de Instrucción.
Otra vía (civil no penal) es requerir al responsable de la comunidad de propietarios para que inicie una acción de cesación de esas actividades molestas, para ello e le tendria que mandar un requerimiento y en caso de no ser atendido convocar junta al efecto.
Consulta:Estafa
hola, quisiera hacer una consulta. tengo un problema a ver me explico soy esudiante extranjera, estuve estudiando aqui en madrid por un ano el cual ya paso y se me ha caducado el carnet de identidad. segun me dijeron para continuar aqui tendria que seguir estudiando, por lo cual me matricule en un curso, para asi renovarla por ano mas. cuando hice dicha matricula lo hice por telefono ya que no encontraba en madrid el caso es que la persona que me hizo la matricula me dijo que si que ese centro me valia pra llevar mi carta a extranjeria es decir antes de hacer el contrato le explique pq razon me matriculaba en ese centro y me decia que si que otros lo habian hecho y que le valia pra todo y que era presencial cuando no lo era. el caso es que hice la matricula la pague y el contrato decia que solo tenia 7 dias pra devolverlo es decir para cancelar la matricula. pero resulta que mi cita con la embajada era en octubre 2009 y la matricula la hice en julio 2009 es decir ya no tenia tiempo para denegar dicha matricula, pero no sabia que en extranjeria me iban a decir que ese centro no me valia es decir q ese centro no esta concertado por la comunidad de madrid. por lo cual me he que dado con la deuda y sin poder hacer nada. ahora me estan reclamando la deuda, cuando fui alli y les explique lo que me habia sucedido les dije que si el dueno del centro no podia responder y hacer algo y nada ni me hicieron la carta de justificacion wue les pedi, vamos que me trataron fatal. dijero que no es su asunto cuando en aquel momento de matricularme me enganaron diciendo que me valia que no tendris problemas. ahora me estan llamando la abogada del centro que si no pago me llevaran a juicio. por eso quiero saber en este caso que puedo hacer. si me puede ayudar darme alguna solucion de lo que debo hacer
Respuesta:
Buenas tardes, presenta una denuncia en el Juzgado no en la comisaría relatando todo lo que te ha ocurrido.
Consulta:Deuda con financiera
debo 1800€ a una financiera y me van a demandar, no tengo bienes a mi nombre ni trabajo ni nada y soy madre soltera.que me puede pasar, puedo ir a la carcel?
Respuesta:
Buenos días Beatrice, tranquila si ahora no tienes bienes en principio no podrán hacer nada, no irás a la cárcel. Lo único es que la deuda se mantendrá en el futuro y cuando tengas bienes o ingresos podrán intentar su embargo.
Cometo algún delito, si en una entrevista que me hicieron en un foro, sale publicado que Yo dije que una periodista, con nombre y apellidos, la pillaron borracha y la condenaron por ello en un Juzgado de Lo PENAL? Tengo la sentencia y en Los "Hechos Probados", así lo detalla Su Señoría, además de condenarla. > Yo estuve en el Juicio como público, y no por mi condición de funcionario, además no fuí parte en el proceso. > No es verdad que las sentencias son públicas? > Es que me han dicho que esta persona se ha querellado contra mi, pero en el Juzgado, creo, no se la han admitido, además, yo no la llamé borracha, dije que iba borracha.
Respuesta:
Buenas noches: Al ser cierto lo que dijiste no has cometido delito, pues las calumnias implican imputar la comisión de un delito siendo incierto. Si fue condenada no es delito.
hola, a mi compañero le deniegan la renovacion de residencia, trabajo y arraigo, por unos problemas, que han terminado siendo penales, que podemos hacer para cambiar esta situacion.
Respuesta:
Buenas Noches, podría recurrir la resolución denegatoria, dependiendo del delito que le generó antecedentes y de sus circunstancias personales, podría ganarse el recurso. Busca un abogado.
Consulta: Denuncia por Estafa
Me gustaria que me aconsejaran sobre una estafa sobre una inversion que realicé por internet, llevamos desde el mes de septiembre sin que nos paguen los intereses de las inversiones, hasta hace una semana la pagina de esta plataforma salia correctamente por internet pero ya no aparece, no hay señales de vida de los responsables. Espero respuesta y asesoramiento, un saludo.
Respuesta:
Hola: Denuncia cuanto antes los hechos, cuanto más tiempo dejes pasar menos posibilidades tendrás de recuperar tu dinero.
En la denuncia aporta todos los datos y documentación que puedas, con ello facilitarás a la polcía su labor.
HOLA QUETAL QUERI SABER SI PUEDEN AYUDARME YA QUE EL 21 DE OCTUBRE DEL 2008 FUI CONDENADO POR ALCOLEMIA A 4 MESES DE PRICION Y DOS AÑOS SIN EL PERMISO DE CONDUCIR PERO YA ECUPLIDO LA PRICION QUERI SABER SI PUEDO BORRAR LOS ANTECEDENTES APARTIR DE EL CUNPLIMIENTO DE PRICION O DEVO ESPERAR ASTA QUE CUMPLA LO DEL CARNET POR QUE LO DEL CARNET SE ME CUMPLE EN MARSO DEL 2011 Y CUANTO TENGO QUE ESPERAR PARA BORRARLOS GRASIAS POR SU ATENCION > Provincia: Valencia
Respuesta:
Hola, deberás esperar tres años desde que cumplas la pena de retirada de permiso de conducir.
Consulta: Agencia de Protección de Datos - datos de carácter personal
me pongo en contacto con ustedes porque quisiera realizar una consulta, el a�o pasado buscando trabajo encontre uno de atencion al telefono desde casa, era una linea erotica y accedi pq no tenia contacto con nadie ni por web cam, tuve q enviar unas fotos, a los dos meses les dije que no me intersaba el trabajo que no me gsutaba que me eliminaran de las paginas, y hay de una en la que no me han borrado, tengo la pagina, el email donde les pedi que me borraran, y la direccion de email de las dos personas que se ncargaban de todo. �puedo hacer algo con esto? o no serviria de nada denunciar. > Provincia: Madrid > Municipio: fuenlabrada
Respuesta:
Buenas noches, puedes poner una queja en la Agencia Española de Protección de Datos y puede darte recultado, pues las sanciones que imponen son altas.
Consulta: Apelación de Juicio de Faltas
hola bueno mi consulta se trata de juicio de faltas, le explico le inicie un juicio de faltas a una compa�era que me agredio y me produsjo una lesion cervical se le condeno a 660 euros que tenia que pagar. AHora me llego su apelacion donde consta que la lesion cervical podria por el trabajo mismo que quizas me lo haya hecho otro por que no encontraron moraton en mi rostro.Pues ahora yo lo habia iniciado con un abogado por el ya no esta en andalucia y ahora me he quedado sola en esto porfavor necesito su ayuda porque lo que menos es gastar dinero porque no lo tengo todo se lo pague al primer abogado necesito su ayuda en asesoramiento. antemano muchas gracias
Respuesta:
Buenas Noches, puedes hacer el escrito de impugnación sin necesidad de abogado. También puedes interesar que se te nombre uno de oficio si careces de medios.
Consulta: Actualización de la Pensión de Alimentos
Buenas noxhes, e gustaria que alguien me aclarara una cosa llevo 10 anos divorciada y tengo una nena de 10 anos su padre que vive en espagna me pasa 180 euros al mes pero eso es lo que dicto el juez hace 10 anos y desde entonces no ha subido y nunca se ha preocupado de otros gastos extras hace tienpo que intento hablar con la abogada que llevo mi divorcio en merida ( yo ahora vivo en italia por trabajo y tengo todos los gastos yo ademas el nunca respeto las visitas ni nada ) > el tiene que seguir pasando siemptre la misma cifra gracias y espero que alguien me aclare porque yo mìno me entero que debo hacer?
Respuesta:
Buenas Noches, tienes derecho a actualizar la pensión conforme al IPC si así se estableció en la Sentencia. Intenta que el padre lo asuma si no lo consiguieras puedes reclamárselo judicialmente.
Estimados Sres. > Mi consulta está relacionada con un accidente de tráfico sufrido por mi hijo de 15 años de edad, conducia una motocicleta y la parte contraria ha reconocido su culpabilidad al saltarse un ceda el paso. > Pues bien, me asignan a un abogado, perfecto. > El inspector de siniestro de la otra compañia se persona en el domicilio para visitar a mi hijo, igualmente lo hizo el perito médico. > Unas semanas más tarde me telefonea y me comenta que me van a dar un anticipo de la totalidad de la indemnización, sin renunciar a nada, excepto a los intereses que se pudiesen devengar. > Mi abogado está de acuerdo en que lo firme, y de todas formas si no lo hago, me comenta que ellos depositan el importe del anticipo en el Juzgado y con eso evitan que se produzcan intereses. > Pues bien mi pregunta es si es correcto el trámite, es decir, lo firmo o por el contrario es mejor que lo depositen en el juzgado y de esta forma si el plazo de indemnizacion se retrasa por x tiempo tendrian que abonarme los intereses. > Tengo el seguro con ARAG (Defensa Juridica y reclamación de daños)y esta aseguradora es la que me ha asignado dicho abogado. > Me recomendais que eliga a un abogado por mi cuenta, o de momento sigo con este > Muchisimas gracias por su atención.
Respuesta:
Hola Alfredo, puedes recibir el anticipo siempre y cuando sea una cantidad acorde con el perjuicio sufrido. Si lo hacen el juzgado el Juez deberá acordar la suficiencia o la insuficiencia de esa consignación, si lo considera insuficiente se generarían los intereses, al menos sobre parte del dinero. No puedo decirte si debes o no cambiar de abogado, pues en principio no me parece anómalo su acutuar.
buenas tardes,mi consulta es la siguiente:para empezar mi novio ha tenido un accidente hace 8 meses y ha fallecido,el vehiculo con el que tuvo el siniestro era nuevo y ha quedado totalmente destrozado,�l mismo ha sido comprado mediante un contrato de financiacion del cual yo soy la fiadora y cuya deuda todavia esta pendiente de pagar.Mi novio figura como primer titular del vehiculo, la documentacion esta a su nombre.�L tenia una hija con otra mujer,es decir su heredera ahora, por tanto mi duda es si en verdad el responsable ahora de la deuda soy yo como fiadora o bien la heredera, ya que el vehiculo era propiedad de �l.Gracias.En principio el seguro no se hace cargo de la misma por resultado de alcoholemia en la sangre.Muchas gracias, necesito una respuesta urgente > Provincia: Orense
Respuesta:
Hola, las responsable sois las dos, el principio la heredera asume los bienes y las deudas, pero si no afronta los pago responderás tú, si bien luego podrás reclamar a la hija si ha aceptado la herencia.
hola buenos dias. Fui condenado por un delito contra la seguridad del transito y una falta por desobediencia a la autoridad con 15 meses sin permiso de conducir y 6 meses de prision que al ser primer delito no cumpli. la condena del carnet acabo el 4/6/2008 habiendo pasado el 4/6/2010 dos años puedo pedir la cancelacion de antecedentes penales?
Respuesta:
Hola Emilio, no pudes perdir la cancelación son tres años, pues la pena dura más de 12 meses.
Artículo 136.- 1. Los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales, previo informe del juez o tribunal sentenciador.
2. Para el reconocimiento de este derecho serán requisitos indispensables:
1º) Tener satisfechas las responsabilidades civiles provenientes de la infracción, excepto en los supuestos de insolvencia declarada por el juez o tribunal sentenciador, salvo que hubiera mejorado la situación económica del reo.
....
2º) Haber transcurrido, sin delinquir de nuevo el culpable, los siguientes plazos: seis meses para las penas leves; dos años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres años para las restantes penas menos graves; y cinco para las penas graves
Artículo 33 (2).- 1. En función de su naturaleza y duración, las penas se clasifican en graves, menos graves y leves.
3. Son penas menos graves:
d) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.
Me gustaria saber como se cita al acusado a un juicio rápido de violencia de genero.¿Puede ser la tarde anterior mas o menos a las 7:30 y a través del teléfono?
Respuesta:
Hola Manuel, la policía tiene la facultad de citar telefónicamente, siempre que deje constancia en el atestado.
Art. 796.3 Lecrim:
3. Si la urgencia lo requiriere, las citaciones podrán hacerse por cualquier medio de comunicación, incluso verbalmente, sin perjuicio de dejar constancia de su contenido en la pertinente acta.
BUENOS DIAS: > MI PAREJA ESTA DIVORCIADO Y PASA UNA PENSION ALIMENTICA DE 193 €.EL AÑO PASADO ESTUVO EN PARO DESDE FEBRERO HASTA SEPTIEMBRE Y SEGUIMOS PASANDO LA PENSION.AHORA NUEVAMENTE SE HA QUEDADO EN PARO Y ENCIMA ESTE LE HA BAJADO A 650 €.(ES PEON DE LA CONSTRUCION) QUISIERA SABER SI ES POSIBLE REBAJAR LA PENSION Y DONDE DEBO DE ACUDIR. NO TEMENOS DINERO PARA PAGAR UN ABOGADO.....GRACIAS
Respuesta:
Hoal Sofía, deberá isntar una modificación de medidas para intentar rebajar la pensión y acomodarla a los ingresos de tu pareja. Con el importe que cobra puede solicitar abogado de oficio, si es en Madrid Capital, que se dirija a Capitah Haya 66, al Ser. de Orientación Jurídica Gratuita.
Consulta:
Buenos dias,mi novio tenia que ingresar voluntariamente en prision(por 6 meces).Queria preguntar,si le hacen un contrato laboral,puede salir en tercer grado? > > Gracias!
Respuesta:
Hola, la clasificación en tercer grado depende de múltiples factores, un contrato es algo bueno si bien no es determinante. Conseguir en todo caso ese contrato, pues será tomado en consideración para su clasificación inicial.
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Consulta: Contrato de Alquiler
Varios hermanos propietarios de una vivienda.Uno de eellos la arrienda por su cuenta y sin permiso de los dem�s,medi-ante contrato escrito en un folio normal(no contrato oficial)Necesitamos la vivienda para que la habite una hermana.�Querria saber el texto de la notificacion que ha-bria que enviarle para que abandone la vivienda y fecha tope para la misma?
Respuesta:
Hola Antonio, entiendo que el contrato es correcto y no se podrá obligar a irse al inquilino hasta que alcance los 5 años de duración. Sin embargo si podréis reclamar al hemano que lo hizo que asuma los perjuicios y que aporte la renta que percibe.
El inquilino no tiene culpa alguna y por tanto han de ser respetados los derechos que le otorga la Ley de Arrendamiento Urbanos.
Consulta: Hurto - Obtención de Ciudadanía
me denundiaron por pillar unas cosas del centro comercial , me tomaron los datos la guardia civil y me dijieron q me llamarian para juicio, tengo miedo q me queden antecedentes , porque estoy tramitando mi cidadania q me dicen ?
Respuesta:
Hola laura, si lo sustraido fue por importe inferior a 400 euros será una falta y por lo tanto no tendrás antecedentes penales, serán policiales que pueden generarte algún problema que se podría solucionar recurriendo la denegación si no admitieran tu petición de ciudadanía.
Consulta: Demanda Familia – Demandado ilocalizable
Hola, llevo 13 años separada legalmente y no encuentro a la otra persona para firmar el divorcio que puedo hacer
Respuesta:
Hola Paloma, deberás interponer la demanda de divorcio, el Juzgado intentará localizarle por todos los medios posibles y en caso de no lograrlo hay formas de cursar la notificación mediante su publicación.
Consulta: Modificación de Medidas – Impago de Pensiones
Hola Angel, deberás interesar la modificación de las medidas, acreditando que careces de dinero suficiente para afrontar la pensión acordada. Si no lo hicieras, podrían denunciarte por un delito de abandono de familia.
Si careces de medios pide abogado de oficio.
Respuesta:
HOLA MUY BUENAS ME YAMO TOMAS Y MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE.HACE CUATRO MESE ME CONCEDIERON EL DIVORCIO Y TENGO KE PASAR 300 EUROS MENSUALES POR MI HIJO PERO LA VERDAD E ESTADO PASANDO 150 PORKE NO PODIA MAS,YEVO EN EL PARO 4 MESES Y AORA YA NO COBRO PRESTACION NI AYUDA Y MI EXMUJER ME A DENUNCIADOPIDIENDOME LAS CANTIDADES KE DEBO ME ESTAN INVESTIGANDO LO KE TENGO AUNKE NO TENGO NADA NI CARTILLAS NI NADA SOLO UN VIEJO COCHE KE NI TAN SIKIERA FUNCIONA KE ME PUEDE PASAR YA KE NO TENGO MODO DE PAGAR PODRIA IR A LA CARCEL GRACIAS POR SU AYUDA
Consulta: Prescripción de Penas
tengo un juicio penal por reusarme hacer la prueba de alcolemia, la sentencia aparte de retirarme el carnet,son 6 meses de carcel. > no me he presentado, de esto ya hace 15 meses > > ME PODRIAS DECIR EN CUNATO TIEMPO SE ANULARA ESTO O NO SE ANULA SI NO SE CUMPLE LA CONDENA? > Provincia: Madrid
Respuesta:
Hola Tatiana, para saber la prescripción deberemos conocer la extensión de todas las penas. Indicarte que esta cuestión está regulada en los artículos 133 a 135 del Código Penal, cuyo tenor es:
Artículo 133.-1. Las penas impuestas por sentencia firme prescriben:
A los 30 años, las de prisión por más de 20 años.
A los 25 años, las de prisión de 15 o más años sin que excedan de 20.
A los 20, las de inhabilitación por más de 10 años y las de prisión por más de 10 y menos de 15.
A los 15, las de inhabilitación por más de seis años y que no excedan de 10, y las de prisión por más de cinco años y que no excedan de 10.
A los 10, las restantes penas graves.
A los cinco, las penas menos graves.
Al año, las penas leves.
2. Las penas impuestas por los delitos de lesa humanidad y de genocidio y por los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, no prescribirán en ningún caso.
Artículo 134.- El tiempo de la prescripción de la pena se computará desde la fecha de la sentencia firme, o desde el quebrantamiento de la condena, si ésta hubiese comenzado a cumplirse.
Artículo 135.- 1. Las medidas de seguridad prescribirán a los diez años, si fueran privativas de libertad superiores a tres años, y a los cinco años si fueran privativas de libertad iguales o inferiores a tres años o tuvieran otro contenido.
2. El tiempo de la prescripción se computará desde el día en que haya quedado firme la resolución en la que se impuso la medida o, en caso de cumplimiento sucesivo, desde que debió empezar a cumplirse.
Consulta: Negarse a someterse a la prueba de alcoholemia.
mi pregunta es hace 7 meses me sometieron auna prueba de alcolemia y di positivo di 72 y desde ese fecha estyo esperando la carta donde me tiene k decir el dia k tenga k dejar mi carnet y el numero de cuenta para depositar la multa pues la pregunta es este fin de semana me volviero a cojer esta parado en la via y con el coche parado y todo dellego la guardia civil y me queria hacer la prueba de alcolemi pero yo em negue por k yo no esta conduciendo se dia yo em eh quedado dormido en el coche por k un amigo venia conduciendo ese dia por so dem¡negue ya k ese dia el queria k me fuera amadrid copn el yo el dije yo no me voy a nigun lado mejor bajate del coche y vete comos ea tu y el se fue y yo le quite la llaves demi coche por k yo no queria conducir por ke sta con tres cubatas en la cabeza pues la uiestio es k pasara ahopra k pena me podran si usted me puede ayudar digame gracias > Provincia: Toledo > Municipio: polan
Respuesta:
Buenas Tardes, en principio la negativa a someterse a las pruebas es un delito. Además tienes antecedentes penales por lo que en caso de ser condenado se te aplicaría la pena establecida en su mitad superior.
El artículo que regula este hecho es el 383 del Código Penal, que literalmente dice:
El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Si precisas que asumamos tu asunto deberías llamarnos al 91 530 96 95. Entimamos que hay defensa al no estar conduciendo y sin que por lo tanto fuera preciso el sometimiento a prueba alguna.
Me gustaria que me mandasen presupuesto sobre cuanto me saldria un divorcio de mutuo acuerdo, y que me informasen de los derechos y deberes sobre nuestra situacion económica, y que se haria con el piso, etc. > Espero me manden dicha información. > Un saludo. > Gracias
Respuesta:
Hola Lorena, para poder remitirte un presupuesto ajustado, precisaríamos conocer todos los detalles, al igual que para informarte de los pactos que serían más acordes con vuestra situación.
Tramitamos procesos de separación o divorcio de mutuo acuerdo desde 450 euros, pero debemos conocer la situación concreta del asunto.
Puedes llamarnos sin compromiso al 91 530 96 95, preferiblemente en hotario de tarde.
Consulta: Accidente en Centro Comercial
tuve hace 3 semanas un accidente en un centro comercial, me golpeo la puerta giratoria del mismo y me tiro al suelo, por el cual he sufrido rotura del 5º metatarsiano del pie izquierdo. Me gustaria saber si podria reclamar al centro comercial. Muchisimas gracias, espero noticias suyas > Provincia: Madrid
Respuesta:
Hola Luisa, sería factible instar un reclamación por los daños y perjuicios sufridos, pero para saber la viabilidad deberíamos conocer los pormenores del asunto. Puedes contactar con nosotros en el 91 530 96 95.
Consulta: Alquiler para Uso distinto de Vivienda.
Para alquilar un local en temporada de verano(3 meses)y el dueño lo quiere contratar por una temporada: > 1-Si el pro alquilo de nuevo. ?Puede pedir el precio que quiera?? es nuevo contrato o partir del anterior? > 2-El local carece de apertura ?a que nombre insta,dueño inquilino? > 3-En caso de no llegar a un acuerdo,otro monta negocio en el mismo local, valiendose de mi clientela y los arreglos que pueda realizar.?Tengo derecho a alguna indemnizació?
Respuesta:
Hola Ana: En contratos de uso distinto de vivienda, rige antes que la voluntad de las partes y en caso de que no hubiese regulación acordada sobre algún punto concreto habráque acudir a lo que dice la Lau.
Todas las cuestiones que planteas deberás ser acordadas sin que ninguna parte pueda a la otra imponer nada. Inclusive se puede establecer la renuncia en caso de no renovación del contrato.
Consulta:
puede un banco cogerse la manutencion de mi hijo,para cobrarse un prestamo que no puedo pagar por encontrarme al paro y sin trabajo. Muchas gracias.
Respuesta:
Hola Carmen, entiendo que en el contrato de cuenta corriente suscrito con la aentidad bancaria quedó autorizado a retirar los importes existentes en la misma si hubiese saldos deudores, por lo que me temo que puede hacerlo. Mi consejo es que ingresen la pensión en otra cuenta de otra entidad en el que el titular sea tu hijo y tu simplemente la autorizada.
Plantea en todo caso una reclamación al defensor del cliente, acreditando que tú únicamente eres depositaria de dicha cantidad y que es tu hijo el beneficiario de dicha prestación alimenticia
Consulta: Estafa - Ocultación de Cargas en Traspaso de Negocio
hola el problema es que hemos dado paga i señal para un bar cafeteria i el traspaso es de 28.000euros hemos pedido el prestamo y nos lo han dado el problema es que hemos ido al ayuntamiento y tiene dos denuncias la licencia está anulada hay que hacer un nuevo proyecto de licencia obertura la luz y agua cortadas por deuda, deuda de alquiler del local, cuando segun la imobiliaria estaba listo para entrar a trabajar nos interessa el local pero no sabemos que debemos hacer ya que tenemos un prestamo que pagar y se nos termina los 40 dias de fianza y la imobiliaria parece que no se puede reunir con el propietario.. que dice que los han engañado..denunciamos la agencia? que debemos hacer? gracias > Provincia: Gerona > Municipio: girona
Respuesta:
Hola Afra, entiendo que han cometido una estafa, pues te han ocultado esos datos para conseguir que aceptases el contrato. Yo hablaría con el que hace el traspaso poniéndole de manifiesto que o se arreglan amistosamente las cosas deduciendo del precio todos los costes que a tí te implicaría hacerte cargo del local o que pondrás la oportuna denuncia para que los Juzgados consideren si han cometido un delito. En caso de denuncia dirígete frente a la persona que te traspasa el local y contra la agencia.
HOLA,MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE, ME COJIERON CONDUCIENDO SIN CARNET DE CONDUCIR EN JULIO ME SALIO LA SENTENCIA PAGUELA MULTA Y YA CUMPLI CON LOS TRABAJOS COMUNITARIOS Y EL DIA 30 DE ABRIL PRESENTARE MI ARRAIGO, LO Q ME INTERESA SABER ES QUE COMO PUEDE HACER PARA NO TENER PROBLEMAS POR ANTECEDENTES, ME IRE AVERIGUAR SI TENGO ANTECEDENTES PENALES Y DE TENERLOS Q TIEMPO ME DEMORA PARA LIMPIAR LOS ANTECEDENTES POR FAVOR NECESITO SABER URGENTE GRACIAS POR SU AYUDA
Respuesta:
Hola Carla, tendrás antecedentes penales y seguramente te denegarán el arraigo, pero en todo caso déjalo solicitado, siempre te favorecerá en caso de que te pase la policía y además tendrás la opción de recurrir ante los tribunales la resolución denegatoria.
En nuestra página tienes un ejemplo de cancelación de antecedentes penales por un delito de seguridad vial, para acceder puedes pulsar aquí, te orientará.
se salieron de ella sin contrario. el coche quedó destrozado.el ocupante (mi madre) ha resultado herida con consecuencias de por vida.
esto fue el 31 de octubre del año pasado. el seguro del coche estaba a terceros.
ahora casi han pasado 6 meses, que creo que es el palazo maximo para poner una denuncia.(mi madre tendria que denunciar a mi padre) es asi?
La aseguradora ya ha adelantado algun dinero a mis padres, pero aun quedan dudas de si se haran cargo de todos los gastos de la prótesis que se puedan ir generando.
El tema se lo esta llevando una persona pero a mi no me queda muy claro lo siguiente:
si no se denuncia ahora, que derechos perderian? y si hay alguna manera alternativa de que no quede el caso como un asunto exclusivo entre aseguradora y cliente.(y abogado)
que ventajas hay al no hacer denuncia?
necesitamos que todos los gastos queden cubiertos sin quedarnos desprotegidos en ningun momento futuro.
Muchisimas gracias por su interes.
un atento saludo
Yolanda
Respuesta:
Hola Yolanda, el plazo para denunciar son seis meses, la aseguradora deberá correr con todos los gastos médicos precisos para que tu madre sea tratada adecuadamente.
Si no se denuncian los hechos, podréis acudir a la vía civil, en este caso el plazo sería de un año.
Las ventajas de denunciar son, en tu caso, básicamente tener la posibilidad de que el Médico Forense valores las lesiones y secuelas que ha sufrido tu madre y con ello contar con las bases necesarias para determinar la indemnización que le corresponde.
Contratar a un abogado independiente sin vinculación alguna con compañias aseguradoras.
Para que no haya problema con los gastos pedir factura de todos en los que hayáis incurrido.
Consulta: Plazo de Preaviso en contratos de arrendamiento superiores a 5 años
plazo de preaviso e indemnizacion por desistimiento de contrato de arrendaminento de cinco años. > gracias.
Respuesta:
Hola La cuestión que nos planteas está regulada en el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos cuyo tenor literal es:
Desistimiento del contrato.
En arrendamientos de duración pactada superior a cinco años, podrá el arrendatario desistir del contrato siempre que el mismo hubiere durado al menos cinco años y dé el correspondiente preaviso al arrendador con una antelación mínima de dos meses.
Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año de contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
Consulta: Arrendamiento – Devolución de la Finaza
hola tengo un problema, he dejado el piso a mi arrendadora, pero ella no me devuelve la fianza por facturas pendientes de servicios, pero hace ya 2 meses y no ha pagado los servicios todavía, que puedo hacer? Y he entregado a revisado el piso, pero después me llama diciendo que hay desperfectos en el piso que puedo hacer? Si me denuncia por desperfectos en el piso que puedo hacer? > Provincia: Madrid > Municipio: GALAPAGAR
Respuesta:
Hola Yoel, si son ciertos lo impagos y los desperfectos y superan la cantidad depositada como fianza, podría reclamarte la diferencia, pero para ello debería demostrar que los desperfectos los causaste tu. Si las facturas y/o desperfectos no cubren la cantidad entregada deberá devolverte el resto. SI no lo hiciere y la cantidad adeudada fuese inferior a los 900 euros podrás reclamarla sin necesidad de contratar a abogado y procurador. Hay unos formularios que puedes obtener en los Juzgados y Servicios de Orientación Jurídica.
Consulta: Impago de Préstamo – Reclamación de Cantidad
Pedi unos prestamos a mi nombre para mi expareja y para mi hermana, y ahora ninguno de los dos me paga, tengo los traspasos de mi cuenta a sus cuentas, pero todos los prestamos estan a mi nombre, puedo hacer algo, casi no consigo pagar todo lo que debo gracias a ellos dos. Gracias. > Provincia: Barcelona
Respuesta:
Hola Gema, si puedes demostrar la entrega de dinero plantéales una reclamación de cantidad a ellos, supongo que el importe será superior a 900 euros, por lo que deberás contratar a abogado y procurador.
Consulta: Falsa Denuncia
Una menor puso una denuncia falsa a mi marido por insultos y amenazas, se ha celebrado el juicio y se ha demostrado que mi marido es inocente, pues no estaba ni el lugar que ella decia ni a la hora. Mi pregunta es ahora que debemos o podemos hacer nosotros al respecto, ya que mi marido esta en tratamiento antidepresivo a raiz de una operaci�n de la cual no ha quedado bien, y con todo este asunto esta peor. > Provincia: Madrid
Respuesta:
Hola María, al haber sido absuelto tu marido podría interponer denuncia por denuncia falsa. El asunto sería conocido por la Fiscalía de Menores que puede llegar a proponer se imponga algún tipo de medida a la menor responsable, la responsabilidad civil la deberían afrontar los padres.
Atentamente
Consulta: Víctima de un delito
Hola, e sido victima de blanqueo de dinero,. trabaje para unas personas, sin saberlo hice fraude,. me depositaron a mi cuenta 2850 euros, yo los deposite en otras dos,. ahora el banco ah bloqueado mi cuenta,. me van a citar a la policia, ayudenme porfavor como debo actuar en este caso, cual es la pena,. ME URGEEE > Provincia: Barcelona > Municipio: Hospitalet de llobregat
Respuesta:
Hola, pon denuncia cuanto antes, facilitando todos los datos posible y copia de los documentos que te remitieron, con ello pondrás de manifiesto que eres un simple víctima. POr desgracia es cada día más frecuente este tipo de hechos.
Consulta:
En el mes de Marzo mi familia y yo hemos tenido que abandonar el piso que alquilabamos debido a la inhabitabilidad de este, problemas con l circuito eléctrico debido a la presencia de ratas en el doble techo del piso, adem�s el piso presenta problemas de ruido debido a la manera que esta cnstruído, de igual manera no están respetadas las medidas requeridas en la cocina, dimos cuenta de estos problemas al propietario sinembargo no hizo nada para solucionar los problemas, la ratas constituían un problema para la salud de mi hija y esposa embarazada, después de tanto argumentar el propietario firmo de común acuerdo la cancelación del contrato de alquiler comprometiendose a entregarnos el deposito que le dimos de 1600 euros, nos entrego primeramente 800 euros y nos dijo que después de un mes nos daría los otros 800 euros, sin embargo ahora se niega a devolvernos el resto de nuestro deposito. Qué podemos hacer? ...gracias > Provincia: Madrid > Municipio: San Sebastian de los Reyes
Respuesta:
Hoña Salvatore: Deberás en caso de seguir dándote excusar, iniciar un proceso civil para reclamarle la cantidad, al ser un importe inferior a 900 euros no precisas ni abonado ni procurador, dado que se tramita por juicio verbal y hasta la cantidad indicada la reclamación la puede cursar el propio interesado, de hecho hay formularios para ello, que se entregan en los juzgados y servicios de orientación jurídica.
Consulta: Delito de Lesiones - Calificación
gracias de antemano > Hace un año tuve un incidentede trafico insignificante con un joven de 20 años , que salio del coche insultandome y pegando con el resultado de 5 costillas rotas y varios puntos en la cabeza , estuve hospitalizado 4 dias.Preguntas: > 1ªMi abogado del seguro en su escrito de calificaciones solicito 6 meses de carcel y el fical dos años, mas indemnizacion de 6000 €.¿no es raro que el abogado particular pida menos que el fical? > 2ªel joven no tiene antecedentes penales y sera insolvente me imagino ¿que se puede hacer para que cumpla algo? > 3ª¿los antecedente penales preciben? ya que creo que queria ser bonbero y al menos a ver si puede ser que se le fastidie algo y no se vaya de rositas > Provincia: Madrid
Respuesta:
Hola Jesús, en principio la pena se fija en función de la calificación del hecho, puede que tu abogado haya considerado que el tipo delictivo era diferente al del Fiscal, aunque no veo lógica tanta diferencia de pena.
Normalmente los fiscales tiran al alza para tener un buen margen de negociación.
Si el acusado es condenado a prisión y quiere que la misma se suspenda para no ingresar deberá abonar el importe de la responsabilidad civil que se fije.
Los antecedentes penales prescriben, la duración dependerá de la pena que le impongan, si es inferior a 12 meses, serán dos años desde el cumplimiento de la pena. Si fuese superior pasa a ser tres años.
Ante todo gracias por el servicio, tengo 30 años y me han parado cuando circulaba con mi scooter, carezco de permiso de circulacion y me han citado para juicio rapido el dia 15. ¿que sancion puedo llegar a recibir?, puedo decir algo que me favorezca?. No tengo ningun antecedente de ningun tipo. Gracias.
Respuesta:
Hola Eduardo, poca defensa, excepto que condujeras por estado de necesidad (por salvar la vida a alguien, supuestos extremos).
El artículo que regula este delito es el siguiente:
Artículo 384
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.
Mi consejo es que alcances un acuerdo con el Fiscal, normalmente en Madrid piden la pena mínima que al ser juicio rápido el Juez reduciría en un tercio.
¿En el reformado de la LAU se puede seguir interponiendo demanda de deshaucio express por cuantía inferior a 900 € sin necesidad de abogado o procurador? > Ahora mismo mi inquilino me debe una mensualidad. Si planteo la demanda ahora, la cuantía es inferior a 900 €, pero al esperar el plazo legal del requerimiento para que pague (30 días)se pondrá en dos meses. ¿En el juicio verbal se le puede requerir el total o hay que iniciar otro procedimiento? Muy agradecido por la información.
Respuesta:
Hola José: Únicamente se podrá instar un desahucio sin abogado ni procurador si la renta anual (no mensul) es inferior a 900 euros, pues la cuantía de la demanda se ha de cifrar en una anualidad.
No has de esperar dos meses, con el impago de una mensualidad es suficiente para instar el desahucio, si se dejar pasar otro mes desde el requerimiento es únicamente para que el inquilino no pueda paralizar el desahucio pagando las rentas debidas.
En el acto del juicio se podrán reclamar todas las rentas debidas y además se acumularán las que se generen hasta la definitiva entrega de la vivienda.
Consulta: No asistencia a juicio
Buenos dias, vivo en tenerife y como a muchos en estos tiempos me ha tocado la crisis de lleno,en este caso tengo una deuda cn una tarjeta de credito de banco, pero segun me dicen de el despacho de abogados de este, al no pagar la deuda me llevarian a juicio para el cual me deberia desplazar a madrid ya que la sede del banco esta alli y buscarme un abogado.Mi duda es que pasaria en el caso de no poder presentarme en el juicio, ya que aunque se que en estos casos el juicio puede tardar, ahora mismo no tendria medios economicos ni para desplazarme hasta la peninsula ni para buscarme un abogado. ¿cuales podrian ser las consecuencias de no presentarme?
Respuesta:
Hola Esther, entiendo que la competencia no sería el lugar en el que radica la sede del banco, salvo que allí se hubiera firmado el préstamo. Si no te presentas no tendrás opción de defenderte, si hubiera alguna posibilidad a ello y, seguramente dictarían sentencia estimatoria de las pretensiones del banco con condena en costas en tu contra. Deuda que podrían empezar a cobrar en el momento que dispusieses de ingresos que superasen en Salario Mínimo Interprofesional.
Si careces de bienes solicita un abogado de oficio.
Consulta: Accidente de Tráfico
Hola, mi consulta es la siguiente, sufri un accidente de trafio el pasado 13 de nov la mutua me lo cogio como accidente ya q fue cuando me dirigia a mi trabajo, no he visto ningun informe ni por parte de la mutua ni por parte de la aseguradora de la persona q me atropello pues yo iva en un ciclomotor, me han mandado la liquidacion y solo me pagan los dias de baja si mencionar secuelas ni nda mas, yo tengo 50 años sufri lesion de columna con fractura en una vertebra, quisiera que me dijesen si tengo alguna posibilidad de pedir un informe o algo donde me indiquen q no tengo ninguna secuela y q solo me corresponde lo q me quieren pagar. muchas gracias por vuestra ayuda
Respuesta:
Hola Carlos, visto el actuar de la mutua y de la aseguradora, mi consejo es que denuncies, pues evidentemente las secuelas implican una indemnización.
Te digo que denunies porque así serás reconocido por el Médico Forense del Juzgado y hará un informe en el que queden reflejadas las lesiones y secuelas y con ello tendrías una base para saber la indemnización que legalmente te corresponde.
En nuestra página dispones de un modelo de denuncia que te puede servir de orientación, si quieres verlo, pulsa aquí. Hazlo antes de que pasen 6 meses del accidente.
Consulta: Eva - Alquiler
Buenos días,mi consulta es sobre la LAU y los derechos del inquilino. Mi futuro casero me ha enviado un borrador del contrato y hay algunas cláusulas que me parecen abusivas: 1)También serán por cuenta de la arrendataria los gastos de conservación y reparación de las instalaciones de agua, gas, electricidad, cerraduras, cristales, cocina, fregaderos, ducha, grifos, waters, lavabo, calentador, antena de TV, desagües, atascos y cuantas reparaciones exija la vivienda debidas al desgaste por el uso ordinario, siendo la citada enumeración meramente enunciativa y no limitativa.Y 2)La arrendataria se obliga a dejar libre de acceso a toda persona que con autorización de la propiedad necesite visitar, inspeccionar, reparar o cualquier otra circunstancia en el interior de la vivienda. > Estoy realmente obligada a esto por ley?Entiendo que el 2º vulnera mi derecho a la privacidad y el 1º tratçandose de una finca antigua,entiendo que no debo de hacerme cargo de cualquier tipo de reparación (en una piso que alquilé hace 2 años antiguo,se estropeó el calentador porque tenía 30 años y la casera pretendió que pagase yo uno nuevo). > Pueden informarme sobre mis obligaciones y derechos legales como inquilina en este caso? > Gracias,
Respuesta:
Hola Eva, la primera claúsula es correcta, pero lo conveninete sería dejar constancia del estado de conservación de esas instalaciones, pues si so muy antiguas ese uso que puede provocar averías no puede imputarse.
La segunda claúsula entiendo que es nula pues evidentemente no se te puede imponer que personas desconocidas invadan tu privacídad.
Respecto a lo del calentador, teniendo 30 años, mal puede exigirte que pongas uno nuevo, eso le corresponde a la propietaria, salvo que la avería se deba a un mal uso por tu parte.
Consulta: Cancelación Antecedentes penales
hola buenas noches,yo lo que tengo son 2 delitos uno por estafa en el 2005,que ya he solicitado cancelarla y el anterior comentado en el 2009 que fue cuando page la multa. 6 Meses de prisión cambiados por 12 de multa. supuestamente,¿cuanto tiempo tendria que esperar para cancela esta ultima?2 o 5 años Es que mi antiguo abogado me ha dicho 5 años y en la comisaria me han dicho 2. Muchas gracias por ayudarme,buenas noche
Respuesta:
Entiendo que dos años, si la pena fue justo de seis meses de prisión sustituida por 12 de multa, así lo dispone el artículo 136 en relación con el 33 del Código Penal.
Art 33 C.P.
3. Son penas menos graves:
a) La prisión de tres meses hasta cinco años.
b) Las inhabilitaciones especiales hasta cinco años.
c) La suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años.
d) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.
e) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años.
f) La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo de seis meses a cinco años.
g) La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
h) La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
i) La multa de más de dos meses.
j) La multa proporcional, cualquiera que fuese su cuantía.
k) Los trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 180 días.
Artículo 136.- 1. Los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales, previo informe del juez o tribunal sentenciador.
2. Para el reconocimiento de este derecho serán requisitos indispensables:
1º) Tener satisfechas las responsabilidades civiles provenientes de la infracción, excepto en los supuestos de insolvencia declarada por el juez o tribunal sentenciador, salvo que hubiera mejorado la situación económica del reo.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en el caso previsto en el art. 125 será suficiente que el reo se halle al corriente de los pagos fraccionados que le hubieran sido señalados por el juez o tribunal y preste, a juicio de éste, garantía suficiente con respecto a la cantidad aplazada.
2º) Haber transcurrido, sin delinquir de nuevo el culpable, los siguientes plazos: seis meses para las penas leves; dos años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres años para las restantes penas menos graves; y cinco para las penas graves.
3. Estos plazos se contarán desde el día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena ..
Consulta: Cálculo Indemnización Accidente
hola quisiera saber una cosa, el forense me dio 17 puntos de secuela,tengo 41 años, como se multiplica esto, 17 por el valor de un punto o por el valor de 15-19 puntos, gracias
Respuesta:
Hola, deberás acudir a la Tabla, en principio sería la que había en el año en el que ocurrió en siniestro o si la sanación fue en el año siguiente la de este.
Te pongo el ejemplo con la del 2010.
Indemnizaciones básicas por lesiones permanentes (incluidos daños morales)
Valores del punto en euros
Puntos
Hasta 20 años – Euros 2010
De 21 a 40 años – Euros 2010
De 41 a 55 años – Euros 2010
De 56 a 65 años – Euros 2010
Más de 65 años – Euros 2010
1
783,04
724,94
666,82
613,87
549,44
2
807,21
745,65
684,07
630,85
558,14
3
828,90
764,17
699,41
646,02
566,95
4
848,13
780,49
712,82
659,36
571,70
5
864,88
794,62
724,31
670,89
576,56
6
879,18
806,54
733,88
680,55
580,15
7
898,08
822,76
747,42
693,88
587,08
8
915,10
837,34
759,52
705,83
593,06
9
930,30
850,26
770,18
716,40
598,05
10-14
943,65
861,53
779,41
725,61
602,12
15-19
1.109,04
1.015,13
921,20
854,32
671,92
Por tanto serían 17 x 921,20 euros
Si los puntos proceden de múltiples secuelas hay que aplicar la fórmula de concurrencia, puede no ser correcto hacer la suma aritmética. Si hay puntos por perjuicio estético, no se pueden sumar a los restantes y hay que hacer dos cálculos independientes.
El resultado además deberías incrementarlo en función de tus ingresos en el importe correspondiente:
Factores de corrección para las indemnizaciones básicas por lesiones permanentes
Descripción
Aumento (en porcentaje o en euros)
Porcentaje de reducción
Perjuicios económicos
Ingresos netos de la víctima por trabajo personal:
Hasta 26.419,06 euros (1)
Hasta el 10
–
De 26.419,07 a 52.838,11 euros
Del 11 al 25
–
De 52.838,12 hasta 88.063,51 euros
Del 26 al 50
–
Más de 88.063,51 euros
Del 51 al 75
Debes además computar el tiempo que tardaste en curar o estabilizar en tus lesiones, días que también son indemnizables.
Un Saludo.
José Valero
Abogado desde 1.996
Telf. 91 530 96 95
Consulta: Conducir sin Permiso
Ante todo gracias por el servicio, tengo 30 años y me han parado cuando circulaba con mi scooter, carezco de permiso de circulacion y me han citado para juicio rapido el dia 15. ¿que sancion puedo llegar a recibir?, puedo decir algo que me favorezca?. No tengo ningun antecedente de ningun tipo. Gracias.
Respuesta:
Hola Eduardo, poca defensa, excepto que condujeras por estado de necesidad (por salvar la vida a alguien, supuestos extremos).
El artículo que regula este delito es el siguiente:
Artículo 384
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.
Mi consejo es que alcances un acuerdo con el Fiscal, normalmente en Madrid piden la pena mínima que al ser juicio rápido el Juez reduciría en un tercio.
Y sácate el carnet....
Un Saludo.
Consulta: Alquiler - Desahucio
¿Se puede alquilar parte de una vivienda?. Se trata de la parte alta de un garaje con puerta de entrada directa desde la calle. EL procedimiento de desahucio es muy costoso? LLeva mucho tiempo? ¿a los cuantos meses de impago se puede iniciar? Provincia: Murcia
Respuesta:
Hola María del Carmen, si el deseo es alquilarlo como vivienda evidentemente ha de reunir unas condiciones mínimas de habitabilidad, si ese es el caso no hay problema.
El coste de un desahucio es variable, depende en gran medida de la renta y de las mensualidades debidas al inicio de la demanda, pero estará por encima de los 700 euros casi con toda seguridad.
El plazo depende en gran medida del Juzgado que conozca del asunto, si bien con la nueva ley nosotros estimamos que en la mayoría de los casos oscilará entre 4 y 6 meses.
El desahucio se puede iniciar con el impago de una mensualidad.
Consulta: Retraso de la Justicia
Hola, la historia es larga y la está sufriendo mi novio pero resumo. > > El 17 de abril hace un año él presenta una demanda de divorcio, ella que es un mala mujer no voy a dar mas detalles le denuncia por maltrato verbal, a el le ponen una orden de alejamiento sin que nadie le preguntara. Tiene un niño de 15 años que se fue con el porque no aguantaba a la madre, desde entonces y hasta hoy, solicitando unas provisionales mi novio para tener la custodia del niño, la situacion es la siguiente. > > Ella sigue en la casa, sin ver a su hijo todo el año, sin pasar nada de manutención, sin pagar la hipoteca de la casa, archivada la denuncia de maltrato, y mi novio, sigue en un apartamento de 30 metros, durmiendo con su hijo en una cama, (la vivienda familiar donde vive sola esta mujer es un chalet de 3 plantas para ella solita) pagando 700 euros por el apartamiento, 750 por la hipoteca del chalet y dando de comer y vestir el solo al niño. > > Las provisionales olvidadas, un menor deshubicado y a nadie le importa, los juzgados de Navalcarnero donde llevan el caso, dicen que tienen retraso y que tocara cuando toque, y mientras mi novio sin un duro, mal viviendo mientras ella disfruta de su casa y su sueldo integro para ella sola. > > No hay manera de hacer atraves de alguna institucion,? esto es constitucional? un menor puede estar tanto tiempo fuera de su casa con unas provisionales solicitades hace un año? la denuncia de mi chico ha sido archivada...a que esperan? > > Por favor necesito respuestas o ayuda para salir de esto, el no puede mas, esta con depresion. > > Gracias
Respuesta:
Hola Sol, conozaco personalmente los Juzgados de Navalcarnero y sin entrar en detalles te ratifico que son los que más retraso lleva. Que tu novio plantee una queja ante el Consejo del Poder JUdicial; que pida auxilio al Defensor de Pueblo y a posteriori que plantee una reclamación patrimonial por el Funcionamiento Anormal de la Justicia.
Consulta: Nil - Bienes Ganaciales
tENGO UNA PREGUNTA CONRETA SOBRE UN DIVORCIO. > > dATOS: CASADO EN SEPARACION DE BIENES. > 2 HIJOS. > PRIMERA VIVIENDA A NOMBRE DEL MARIDO, COMPRADA ANTES DEL MATRIMONIO. > > SEGUNDA VIVIENDA COMPRADA DURANTE EL MATRIMONIO Y A NOMBRE DE LOS DOS CÓNYUGES. pERO PAGADA INTEGRAMENTE POR EL MARIDO (DISPONE DEL ESTRACTO BANCARIO POR EL IMPORTE TOTAL DE LA VIVIENDA). lA MUJER EN ESA FECHA NI TRABAJABA. LA CONSULTA ES: DADA ESTA PECULIARIDAD PUEDE EL MARIDO PEDIR QUE LA VIVIENDA SEA CONSIDERADA SUYA AL 100%???? YA QUE PROBABLEMENTE LA 1ª VIVIENDA SEA PARA LOS HIJOS Y LA MADRE.
Respuesta:
Hola Nil, por lo que deduzco estás casodo en Gananciales, se es así, la vivienda adquirida durante el matrimonio es de los ´dos aunque os pagos se hiciesen con los ingresos de uno de los cónyuges.
Consulta: Denuncia por Daños
TENGO UNA VISTA POR DENUNCIA DE DAÑOS a una maquina de aire de un bar al que se la instale y a su vez no me pagaron la mitad del importe por lo que piensan que yo la boicoteé ¿NECESITO ABOGADO para la vista prelominar o el juicio?, por que creo poder demostrar con testigos que yo no fuí, ademas tienen denuncias de vecinos por el ruido , por lo que lo ha podido hacer (el daño ) cualquiera . > gracias por su atencion un saludo.
Respuesta:
Hola Antonio, por lo que me cuentas tienes posibilidades ciertas de salir absuelto. Sería necesario que el procedimiento constasen esas denuncias a las que haces referencia para que al menos se generase una duda sobre la autoría.
Respecto a la necesidad de Abogado, dependerá si los daños son superiores o no a 400 euros, pues en el primer caso sería una falta, procedimiento en el que no es preceptiva la intervención de abogado, es decir, si quieres puedes valerte de un profesional.
Si los daños son superiores a 400 euros es necesario por Ley estar defendido por Abogado.
Consulta: Mar - Madrid - Defectos en la Construcción
Hace años me hicieron la casa con piscina, desde el primer año noté que perdía agua, lo peor es que ahora ha venido un técnico y me ha dicho que la tengo que reparar, o ese agua que pierde me tirará un muro de contención . He ido a hablar con los de las piscinas que me la hicieron y me contestan que ahora es de otros dueños y no quieren saber nada. Mi situación económica es precaria, de ahí que necesite un abogado que no me cobre las gestiones, aunque a posteriori como parece ser, según la gente que es un juicio ganado, si así fuera, entonces el abogado cobraría del pago que nos hiciese el responsable. > Gracias por su información. > Provincia: Madrid
Respuesta:
Hola María Blanca, en principio nosotros no asumimos asuntos a resultados, excepto en determinadas ocasiones. Sí podríamos darte unas buenas condiciones de pago con unos Honorarios ajustados.
Si careces de medios en todo caso podrías solicitar un abogado de oficio.
Consulta: Minuta de Abogado – Mar - Fuenlabrada
contrato a un abogado para la elevacion de escrituras publicas de un contrato privado,me pide un remanente de los costes,se lo ingreso en la cuenta bancaria que el me dice, despues de casi un año,de haberlo ingresado, no formula dicha peticion, despues de insistir por ello, consigo que me realice las escrituras,me las entrega casi a los dos años de la peticion de las mismas, sin darme la factura de dicho asunto,llevo un monton de tiempo entrega del dinero 2006 pidiendole la factura sin contestacion ninguna donde acudir para que me de la factura de los gastos generados de la escritura > Provincia: Madrid > Municipio: fuenlabrada
Respuesta:
Hola Mar, reclámale la factura mediante un burofax o con el auxilio del Colegio de Abogados.
Consulta: Juan - Comunidad de Madrid - Accidente de Circulación
Buenos días, el martes pasado estando de vacaciones en Benidor, me dieron un golpe por detrás estando parado en un semáforo. Rellené el parte amistoso y demás, pero al día siguiente yo y mi hijo menor teníamos dolores fuertes en el cuello y fuimos a urgencias. Nos dieron un parte médico y que nos pusieramos collarín. > Como yo vivo en Madrid, al llegar a mi casa yo y mi hija fuimos al médico y a mí me dió la baja por una semana. > He dado parte a la compañía de seguros, pero no he presentado denuncia. Me gustaria que me informaran de que tengo que hacer y como y donde tengo que presentar la denuncia si es necesaria.- > Muchas gracias por su atención. > Provincia: Madrid
Respuesta:
Hola Juan, deberás poner denuncia ante los Juzgado de Benidorm o en cualquier comisaría de España. El asunto se tramitará en Benidorm, pues el el Partido Judicial competente al haber ocurrido allí los hechos, si bien para el reconocimiento por forense serás citado en el Juzgado correspondiente a tu domicilio. Mi consejo es que contrates a un abogado para que te guíe y supervise todo el proceso. Incluso los honorarios del abogado y procurador podrían estar cubiertos por tu póliza de seguros.
Consulta: Miguel Gijón - Modificación de Medidas
quisiera saber como aplazar la pension alimenticia de mi hijo ya que llevo casi casi a�o y medio en paro y tres sin cobrar ningun tipo de subsidio ni ingresos.que deberia de hacer.
Respuesta:
Jola Miguel, lo procedente sería instar una modificación de medidas ante el Juzgado que conoció del proceso matrimonial, en tu situación es lógico que minoraran las cargas que tienes que afrontar. Puedes pedir abogado de oficio si en la actualidad careces de ingresos y bienes suficientes.
Consulta: Protección de Datos de Carácter Personal
buenas,hace unos dias compre un coche.el concesionario en cuestion me pidio la nomina mia y de mi mujer y los dni ya que una parte del precio del coche la tenia que financiar.a el dia siguiente me dijeron que ya habian aprobado la financiacion.el problema me llega unos dias despues ya que la financiera que da la financiacion para el vehiculo llamo a la empresa que actualmente trabajo y le hizo una serie de preguntas.el problema de todo es que yo no queria que en la empresa que trabajo se enteraran de la adquisicion del vehiculo ya que por varios motivos yo no creia conveniente que se enteraran de la adquisicion.yo creo que se a vulnerado mi derecho a la privacidad.en ningun momento yo di permiso para que se hiciera esto ni el concesionario me informo de que lo harian�que puedo hacer?gracias de antemano > Provincia: Barcelona > Municipio: viladecans
Respuesta:
Hola David, si estimas que ha habido un cesión o un uso inconsentido de los datos de carácter personal puedes poner una reclamación ante la Agencia Española de Portección de Datos. Antes de ello, mi consejo es que revises el contrato por si la financiera quedó autorizada para realizar las comprobaciones de la autenticidad y veracidad de la información y documentación facilitada para la operación crediticia.
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Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado al igual que todos los ciudadanos y restantes órganos de la administración, están sometidos a la Ley.
Toda privación de libertad ha de estar justificada y como medida restrictiva del derecho fundamental precisa la concurrencia de unos requisitos ineludibles.
El Artículo 17 de la Constitución Española expresa que:
1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley.
2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.
4. La ley regulará un procedimiento de "habeas corpus" para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional."
Lo dispuesto en el apartado 2º no implica que, sin justificación alguna, la Policía puemantener detenida hasta 72 horas, pues como expresamente dispone "no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos"
Hoy día, por desgracia ,observamos que diariamente se imcumple este derecho, que las detenciones se prolongan injustificadamente por el sistema de conducciones existentes, lo que contraría directamente lo dispuesto por nuestra constitución. Es habitual ver cómo una persona detenida que ha prestado declaración por la mañana no pasa a disposición judicial hasta el día siguiente, pese a que la policía ha finalizado todas las diligencias necesarias.
El Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado sobre estas prolongaciones injustificadas de las detenciones, sin que las Administraciones Públicas hayan hecho nada para remediarlo, manteniendo el sistema de condicciones nada respetuoso con el derecho a la libertad. Es más, muchos Juzgado desconocen este pronunciamiento que no deja lugar a dudas, y toleran las privaciones de libertad ejecutadas por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Accede al Texto íntegro de la Sentencia, pulsando aquí.
Por tanto si a un familiar tuyo le han detenido y te indican que se tramita por Juicio Rápido, si se retrasa la puesta a disposición juidicial por el sistema de traslados, no dudes en plantear un Habeas Corpus, adjuntando copia de la indicada Sentencia.
El Habeas Corpus es una petición sencilla, sin necesidad de formalismos ni asistencia de Abogado (aunque siempre es mejor contar un con profesional del derecho), que puede plantear el propio detenido o un familiar directo.
Si necesitas de nuestros servicios, puedes llamarnos al 91 530 96 98 y plantear tu caso.
Os acompañamos un Modelo de Habeas Corpus por si os puede ser útil.
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE (Indicar Municipio=
Don/Doña ............... (padre/madre/hermano) de Don _______________, privado de libertad en _______, bajo la custodia del la (Policía Nacional/Policía Municipal/Guardia Civil), ante el Juzgado comparezco y como más procedente sea en Derecho, Digo:
Que conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 6/1984, de 24 de Mayo, insto el presente Habeas Corpus, al vulnerar la detención de Don ________________ lo dipspuesto en el artículo 17 de la Constitución.
Mi familiar se se encuentra privado ilegalmente de libertad en ..........(reseñar el lugar), desde el día ___ de ___ de 200_, en que fue detenido por ________, por la presunta comisión de un delito de ______.
Que no concurren los presupuestos legales para mantener la privación de libertad dado que:
Seleccionar el motivo o motivos concurrentes. (siempre será conveniente que se desarrolle)
- Ha transcurrido el periodo máximo de detención de 72 horas sin que haya sido puesto en Libertad o a disposición Judicial.
- Han finalizado las diligencias policiales, estando señalada ya la comparecencia de juicio rápido, sin que se disponga su inmediata puesta a disposición judicial.
- Está detenido por la mera comisión de una falta, aún cuando, está plenamente identificado.
- Ha sufrido torturas durante su detención (Explicar).
- No se le han respetado sus derechos ( asistencia de Abogado, Asistencia Médica, Intérprete - Art. 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
- Otros.
Tiene competencia para conocer de la presente petición este Juzgado de Instrucción por encontrase en su demarcación la persona privada de libertad.
SUPLICO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado el presente escrito, se sirva admitirlo y por instada petición de Habeas Corpues respecto de Don _______ y, previo traslado al Ministerio Fiscal, sea dictada resolución por la que se incoe el oportuno porcedimiento, acordando la puesta a su disposición del privado de libertad y previa la tramitación legal pertinente acuerde su puesta en libertad.
Es Justicia que respetuosamente se solicita en Madrid a ___ de _______ de 200_.
Fdo. _____________
Si precisas leer la Ley de Habeas Corpues, Pulsa Aquí.
Y recuerda siempre es conveniente que estés asistido por un Abogado especialista. No dudes en contactar en el 91 530 96 98.
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